Por el cual se corrige un yerro en el Decreto 0596 del 03 de junio de 2025,

Decreto · 833 · 2025-07-22 · Jerarquía: nivel 7

Derogado
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Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1°

CORREGIR cual quedará así: el artículo 1 del Decreto 0596 del 03 de junio de 2025 el 0 )

Artículo 2°

Las demás disposiciones del Decreto 0596 del 03 de junio de 2025 mantendrán plena vigencia.

Artículo 3°

Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación . PUBLíQUESE y CÚMPLASE W;) b Dado en Bogotá, D. C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, EL MINISTRO DE EDUCACiÓN NACIONAL, - -= 7 ~\ JOSÉ DANIEL ROJAS MEDELLíN DECRETO NÚMERO 0833 2025 DE HOJA 4 Continuación del Decreto "Por el cual se corrige un yerro en el Decreto 0596 del 03 de junio de 2025" LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA, \ / BARRAGÁ~RÁN ~JO..J'\.A-.L) OI\..J.....L.~ ARIELA DEL SaCaR a L/\....I

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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