Por el cual se ordena la entrega de transferencias monetarias no condicionadas, adicionales y

Decreto · 814 · 2020-06-04 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo segundo

trimestre, con respecto al nivel que existía antes de la crisis. En Europa y Asia Central, se prevé una pérdida del 12,9 por ciento. Las estimaciones relativas a las demás regiones son levemente inferiores, pero en todos los casos se registran valores superiores al 9,5 por ciento. América meridional y Europa meridional y occidental son las regiones para las que se han realizado mayores revisiones al alza en materia de pérdida de horas trabajadas (en más de un punto porcentual) desde la publicación de la tercera edición del Observatorio de la OIT, lo que pone de manifiesto, respectivamente, el empeoramiento de la situación en América meridional y el hecho de que los efectos en el mercado de trabajo de las medidas adoptas en Europa han sido más intensos de lo previsto." Que igualmente, la Organización Internacional del Trabajo en el documento "Las normas de la OIT y la COVID-19 (coronavírus)" del 29 de mayo de 2020 señaló entre otros aspectos "que los gobiernos deberían, tan pronto como sea posible o tratar de garantizar la seguridad básica del ingreso, en parlicular para las personas que hayan perdido sus puestos de trabajo o medios de vida a causa de la crisis; o adoptar, restablecer o ampliar regímenes integrales de seguridad social y otros mecanismos de protección social, teniendo en cuenta la legislación nacional y los acuerdos internacionales, y o tratar de garantizar el acceso efectivo a una atención de salud esencial y a otros servicios sociales básicos, en parlicular para los grupos de población y las personas a los que la crisis ha hecho parlicularmente vulnerables" Que mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional colombiano por el término de treinta (30) días, con el fin de conjurar la grave calamidad pública que afecta al país por causa del nuevo Coronavirus COVID-19. Que dentro de los considerandos del mencionado Decreto, en el acápite de "Presupuesto fáctico" se indicó [ ... ] Que el aumento del desempleo en Colombia genera una perturbación grave y extra'ordinaria en el orden económico, así como en su Producto Interno Bruto .. ," "... ] Que las medidas de distanciamiento social -fundamentales para la salud pública- están afectando especialmente a los sectores de la economía que, por su naturaleza, deben permanecer completamente cerrados. En particular, el sector de comercio y en el de DECRETO LEGISLATIVO 814 DE Página 8 de 17 Continuación del Decreto Legislativo "Por el cual se ordena la entrega de transferencias monetan'as no condicionadas, adici~nales y extraordinarias en favor de los beneficiarios de los programas Protección Social al Adulto Mayor -ColombIa Mayor, Familias en Acción y Jóvenes en Acción y se dictan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 de 2020" reparación de vehículos reportó una destrucción de 1.5 millones de empleos, siendo el sector que más contribuyó a la destrucción de empleos en las principales ciudades. Asimismo, las restricciones han afectado la confianza de los consumidores, empresarios e inversionistas. En particular, el índice de confianza comercial se ubicó en -31 % en este mismo periodo. Lo anterior representa un deterioro de 58% frente a marzo de 2019, y Que de conformidad con lo corresponde al peor registro histórico del indicador.... expuesto por la directora del Instituto Nacional de Salud, ante la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes, existe una limitación en los análisis de pruebas del Covid-19, debido a la alta demanda y competencia a nivel mundial por los reactivos y falta de mecanismos necesarios, lo que ineludiblemente generará una ampliación del aislamiento obligatorio y por tanto la imposibilidad de reactivar en mayor medida la economía, generando un impacto negativo novedoso, impensable e inusitado en el desempleo a nivel nacional. ... " "... Que debido a la necesidad de ampliar el aislamiento obligatorio han resultado insuficientes, aunque idóneas, las medidas tomadas para ayudar a las pequeñas y medianas empresas, lo que hace necesario tomar nuevas medidas legislativas para evitar una destrucción masiva del empleo, el cierre total de las empresas y el impacto negativo que ello conlleva en la economía del país y que a futuro generarían un impacto incalculable en el sistema económico colombiano [ ... J". JJ " ... Que de la misma forma, en los considerandos del Decreto 637 de 2020, en el acápite de "Presupuesto valorativo" se señaló "[ ... ] Que en marzo de 2020, la tasa de desempleo a nivel nacional se incrementó en 1.4% frente a febrero, siendo este el mayor incremento registrado desde febrero de 2004 y el

Artículo 1°

Entrega dle transferencoas monetarias no condicionadas, adicioll1lales y extraordinarias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. Durante el término de duración de los efectos de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020, autorizar al Gobierno nacional para que por medio del Ministerio del Trabajo y del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, realicen en favor de los beneficiarios de los programas Familias en Acción, Protección Social al Adulto Mayor - Colombia Mayor y Jóvenes en Acción entregas de transferencias monetarias no condicionadas, adicionales y extraordinarias, siempre y cuando cuenten previamente con la respectiva disponibilidad presupuesta!. DECRETO LEGISLATIVO 814 DE Página 14 de 17 Continuación del Decreto Legislativo "Por el cual se ordena la entrega de transferencias monetarias no condicionadas, adicionales y extraordinarias en favor de los beneficiarios de los programas Protección Social al Adulto Mayor ~Colombia Mayor, Familias en Acción y Jóvenes en Acción y se dictan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 de 2020" ArticlUllo 2. lFoll1la\J1lcüamiell1lto. La medida dispuesta en este Decreto Legislativo podrá ejecutarse con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación Emergencias -FOME- o a las demás fuentes de financiación consideradas en el Presupuesto General de la . Nación -PGN, para lo cual, se efectuará la correspondiente distribución presupuesta I al Ministerio del Trabajo y al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social. AtrticlUllo 3. Exem:ióll1l die omplUlestos y gll"atvámell1les iFoll1larilcoell"Os. Las operaciones financieras que impliquen la dispersión de las transferencias monetarias no condicionadas contempladas en el presente Decreto Legislativo estarán exentas de impuestos o gravámenes financieros . .ArrticlUlio 4. Vogell1lcüa. El presente decreto legislativo rige a partir de la fecha de su publiC?ación. pueUaUESIE y CÜMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los LA MINISTRA DEL INTERIOR, LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES, EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA Página 15 de 17 DE DECRETO LEGISLATIVO Continuación del Decreto Legislativo "Por el cual se ordena la entrega de transferencias monetarias no condicionadas, adioiona/es y extraordinarias en favor de los beneficiarios de los programas Protección Social al Adulto Mayor -Colombia Mayor, Familias en Acción y Jóvenes en Acción y se dictan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 de 2020" LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO, • ,''0,. EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL, nd 2 u______ h RJD~LFr{¡\lRIQUE ZEA NAVARRO EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL, M;1.'I!~~in' "'"',:. :ÓMEIZ .---' EL MINISTRO DEL TRABAJO, LA MINISTRA DE MINAS Y ENERGIA, MARiA FERNANDA SUÁREZ LONDOÑO DECRETO LEGISLATIVO Página 16 de 17 DE Continuación del Decreto Legislativo "Por el cual se ordena la entrega de transferencias monetarias no condicionadas, adicionales y extraordinarias en favor de los beneficiarios de los programas Protección Social al Adulto Mayor -Colombia Mayor, Familias en Acción y Jóvenes en Acción y se dictan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica dec a o el Decreto 637 de 2020" EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y RE5TREP~ONDANO LA MINISTRA DE EDUCACiÓN NACIONAL, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, \ EL MINISTRO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO, ~-:J ALAGON GONZAL.:EZ LA MINISTRA DE TECNOLOGiAS DE LA INFORMACiÓN Y LAS COMUNICACIONES, III KAREN ABUDINEN ABUCHAIBE MINISTRA DE TRANSPORTE, DECRETO LEGISLATIVO DE Página 17 de 17 Continuación del Decreto Legislativo "Por el cual se ordena la entrega de transferencias monetarias no condicionadas, adicionales y extraordinarias en favor de los beneficiarios de los programas Protección Social al Adulto Mayor -Colombia Mayor, Familias en Acción y Jóvenes en Acción y se dictan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 de 2020" LA MINISTRA DE CULTURA, LA MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGíA E INNOVACiÓN ~6\be l (Ol:;e lO í"~J lb~ MABEL GISELA TORRES TORRES EL MINISTRO DEL DEPORTE, NESTO LUCENA BARRERO

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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