Artículo 1°
Determinación de Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo. Conforme a lo previsto en
Decreto · 718 · 2024-06-05 · Jerarquía: nivel 7
Determinación de Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo. Conforme a lo previsto en
de la Ley 21 de 2021, determínese el Municipio Saravena, Departamento Arauca, como Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo. DECRETO No. 0718 DE 2024 Página No. 3 Continuación del Decreto: "Por el cual se determina el Municipio de Saravena del Departamento de Arauca, como Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo"\nArtículo 2°. Vigencia. El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial. PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., MINISTRO DEL INTERIOR, LUIS FERNANDO VELASCO EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ~. ~. f ~~ RICARDO BONILLA GONZÁLEZ • DECRETO No. 0718 DE 2024 Página No. 4 Continuación del Decreto: "Por el cual se determina el Municipio de Saravena del Departamento de Arauca, como Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo" MINISTRO DE MINAS Y ENERGíA, ÓMARA CHO MORALES MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN, • DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA, BEA RIZ PIEDAD URDINOLA CONTRERAS
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 7
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario