Artículo 126°
de la Ley 1815 de 2016. Que, en cumplimiento de los anteriores mandatos legales, entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. Fiducoldex S.A. se suscribió el Contrato de Fiducia Mercantil de Administración número 007-2017 (002 de 2017) del 5 de abril de 2017, por medio del cual se constituyó el Patrimonio Autónomo PTP, modificado parcialmente mediante Otrosí No. 1 del 12 de abril de 2018. Que mediante el artículo 163 de la Ley 1955 de 2019 se determinó que el Programa de Transformación Productiva, se denominaría Colombia Productiva, patrimonio autónomo "encargado de promover la productividad, la competitividad y los enca denamientos productivos para forlalecer cadenas de valor sostenibles; implementar estrategias público-privadas que permitan el aprovechamiento de ventajas comparativas y competitivas para afrontar los retos del mercado global; y, forlalecer las capacidades empresariales, la sofisticación, la calidad y el valor agregado de los productos y servicios, de acuerdo a la política que defina el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo". Que, en cumplimiento de esta modificación legislativa, se suscribió entre las partes el Otrosí No. 2 del19 de septiembre de 2019, con el cual el Patrimonio Autónomo PTP se transformó en el Patrimonio Autónomo Colombia Productiva. DECRETO 0709 2024 Página 2 6 Continuación del Decreto «Por el cual se el artículo 305 de la Ley 2294 de 2023 para la y de los patrimonios autónomos iNNpulsa Colombia y Colombia Productiva en un solo patrimonio autónomo denominado iNNpulsa Colombia» Que Contrato de Fiducia Mercantil Administración número 007-2017 (002 de 201 con modificaciones efectuadas por sus Otrosíes 1 y 2, sujetó su vigencia a la Ley 1 de 2015 o la que la modifique o adicione e igualmente contempla como la ley causal terminación del contrato la derogatoria expresa del artículo 1450 de 2011 modificado por el artículo 11 la ley 1753 de 2015, modificado por el