Artículo 1°
. Acción de habeas corpus. La dilación u omisión injustificada de . I/J fY¡ I resolver, dentro del término legal, las solicitudes de libertad condicional la que se refieren la Ley 1820 de 2016 y el Dec,reto Ley 277 de 2017, darán lugar a: la acción de habeas corpus bajo los parámetros y el procedimiento establecidos en ~I articulo 30 de la Constitución Política y en la La Ley 1095 de 2006. que la desarrqlla. ,, ~ i::elNo7 OO Continuación del Decretode 2017 "Por el cual se adiciona el artículo 8: de la Ley 418 de 1997, a su vez modificado por el artículo 1 de la Ley 1779 de 2016 y se dictan otras disposiciones"\nArtículo 2°. . Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de expédición. , I PUBLíaUESE y CÚMPLASE ,i 2 Dado en Bogotá a los 201[7 JUANF L