Artículo 1°
Prórroga de la suspensión. Prorrogar la suspensión provisional en el ejercicio del cargo de Gobernador del departamento de Córdoba al señor EDWIN JOSÉ BESAILE FAYAD, identificado con [documento omitido], por el término de tres (3) meses, sin derecho a remuneración, en cumplimiento del auto proferido el 17 de abril de 2018, dentro del proceso radicación IUS 2017-664297 / IUC-D-2017-988341, de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente decreto.