Censo Nacional de Cementerios Públicos, Privados, Mixtos y No formalizados. El Ministerio del Interior, en articulación con el Ministerio de Salud y Protección Social, la Fiscalía General de la Nación, la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas, la Jurisdicción Especial para la Paz y el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, diseñará, implementará y actualizará el Censo Nacional de Cementerios Públicos, Privados, Mixtos y No formalizados en el cual se buscará registrar la totalidad de los cementerios del país. l . , ., ' DECRETO NÚMERO n065 DE Página 14 de 17 Continuación del Decreto "Por el cual se adiciona el capítulo 3 al Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, con el fin de adoptar la política pública de gestión y administración de los cementerios para el manejo adecuado de cuerpos no identificados y cuerpos identificados no entregados" Este censo deberá contemplar herramientas de coordinación e interoperabilidad con el Registro Nacional de Fosas Comunes, Cementerios Ilegales y Sepulturas previsto en el Decreto 589 de 2017 y con el Registro Nacional de Desaparecidos en los términos del Decreto 4218 de 2005. Parágrafo. Las variables de información, lineamientos, contenido, metodología de recopilación y sistematización de la información, así como las condiciones de inclusión y elaboración de los diagnósticos y caracterizaciones de los cementerios, será determinado por las entidades mencionadas en el presente Artículo. Este censo se elaborará en un plazo máximo de un año posterior a la expedición este decreto y será actualizado de manera periódica .