Por medio del cual se adiciona el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte, Decreto 1085 de 2015, en lo que hace referencia al Día Internacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz y el Día Mundial de la Actividad Física

Decreto · 642 · 2016-04-18 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 4°

del Decreto 4183 de 2011 para el cumplimiento del objeto COLDEPORTES, se encuentra la de '1aJpoyar y promover las manifestaciones del deporte y recreación que generen conciencia, cohesión social e identidad nacional. " Que Coldeportes de acuerdo a las competencias citadas, en el marco de la Asamblea de la Organización Mundial la Salud, de la cual Colombia forma parte dado que adoptó como legislación interna la Constitución de la Organización Mundial de la Salud mediante la Ley 19 1959, promueve lo dispuesto por Resolución WHA 55.23 del 12 de mayo de 2002, en cuyo documento se instó a sus Estados Miembros a celebrar un día llamado "Por tu salud, muévete" para promover los bene'ficios de la actividad física como elemento esencial de la salud, el bienestar y el desarrollo social. Razón por la cual, se celebra el 6 de abril el "Día mundial de la actividad física". recomendación se fundamentó en las conclusiones del Informe sobre la Salud en el Mundo 2002 que cita la falta de actividad física, junto con una alimentación poco saludable y el consumo de tabaco, entre los principales factores de riesgo que contribuyen a la morbilidad y mortalidad por enfermedades crónicas en mundo. Que la Organización de Naciones Unidas, dentro de cuya estructura se encuentra Asamblea General de las Naciones Unidas, el 23 de agosto del año 2013 proclamó el 6 de abril como "Ola Internacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz", invitando a los Estados, el Sistema las Naciones Unidas y, en particular, a la Oficina de las Naciones Unidas sobre Deporte para el Desarrollo y la Paz, a las organizaciones internacionales competentes, a las organizaciones deportivas internacionales, regionales y nacionales, a la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales y sector privado, y todos los demás interesados pertinentes, a que cooperen observando Día Inte!"nacional del Deporte y la Paz creando conciencia al respecto. Que en ese contexto, al concurrir en la misma fecha la proclamación de dos conmemoraciones diferentes, pero que se complementan para promover y destacar lo que representa el deporte y la actividad física en la contribución de la educación, el desarrollo humano, los estilos de vida saludables y la construcción de un mundo pacífico, resulta pertinente reforzar su reconocimiento para ayudar a concientizar a la nación sobre la importancia del deporte y la actividad física como instrumentos generadores de cambios sociales positivos en Colombia. Por lo anteriormente expuesto, DECRETA:

Artículo 1°

. Adicionar la parte 13 del libro 2 del Decreto 1085 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte, el cual quedará así: "PARTE 13 Eventos y celebraciones relacionadas con el Deporte, la Recreación, la Actividad Física y Aprovechamiento del Tiempo Libre Título 1 642 DECRETO NUMERO_ _ _ _ _de 2016 Hoja N°. 3 "Por medio el cual se adiciona el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte, Decreto 1085 de 2015, en lo que hace referencia al Dla Internacional del Deporte para el Desa"ollo y la Paz y el Dla Mundial de la Actividad Flsica"\nArtículo 2°. 13.1.1. Día Internacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz y Día Mundial de la Actividad Física Declárese el 6 de abril de todos los años como fecha de celebración del "Día Internacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz", y del "Día Mundial de la Actividad Física"\nArtículo 2°. 13.1.2. Preservación del Día Internacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz y del Día Mundial de la Actividad Física.lnvítese al Sistema Nacional del Deporte, a los entes deportivos departamentales y municipales, a los representantes del deporte asociado, al sector educativo, a los medios de comunicación, a la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales y el sector privado, y a todos los demás interesados, para que presten su colaboración en la celebración del Día Internacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz y del Día Mundial de la Actividad Física, y ayuden a crear conciencia sobre su importancia. Parágrafo. Con ocasión de la celebración del Día Internacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz, en todos los eventos deportivos que se realicen en el territorio nacional durante el mes de abril, se invitará a los organizadores y a los deportistas para que, previo a la celebración del everito, realicen un acto simbólico en nombre de la paz.

Artículo 2.13.1.3

Acciones pertinentes a cargo de Coldeportes. El Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre -Coldeportes- adoptará las acciones pertinentes para la celebración del "Día Internacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz" y del "Día Mundial de la Actividad Física"\nArtículo 2°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLíQUESE y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D. C. a los, DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMIISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACiÓN, LA ACTIVIDAD FlslCA y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE -COLDEPORTES. AN·DRES BOTERO PHILLlPSBOURNE

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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