Por el cual se designan los miembros del Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz (FCP)

Decreto · 631 · 2020-05-04 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 189°

de la Constitución Polltica y el articulo 7 del Decreto Ley 691 de 2017, y CONSIDE:RANDO: QU,e .mediante el Decreto Ley 691 de 2017 se sustituye el Fondo para la Sostenibilidad Ambiental y Desarrollo Rural Sostenible en Zonas Afectadas por el Conflicto por el 11 Fondo Colombia en Paz {FCP}", como un patrimonio autónomo del Departamento Administrativo de Presidencia de la República, sin estructura administrativa propia, . administrado por una o vanas sociedades 'fiduciarias públicas. Que de conformidad con el artículo 7 del Decreto Ley 691 de 2017, el Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz estará integrado por siete (7) miembros nombrados por el Presidente de la República. Por lo anteriormente eXplJesto, DECRETA:

Artículo 1°

El Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz, estará conformado por los siguientes miembros: 1. El consejero presidencial para la Estabilización y la Consolidación del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, quien lo presidirá. 2. El ministro de Hacienda y Crédito Público. 3. El ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible. 4. El ministro de Agricultura y Desarrollo Rural. 5. El director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - DPS 6. El doctor Arturo Calle Calle, identificado con la cédula de ciudadanía número 2.913.770. 7. El doctor Mario Hernández Zambrano, identificado con la cédula de ciudadanía número 17.051.207. Parágrafo. El consejero presidencial para la Estabilización y la Consolidación podrá delegar su asistencia y participación en el Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz en un funcionario del nivel directivo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. ' Los ministros podrán delegar su asistencia y participación en los vicerninistros del respectivo Ministerio. El director del DPS podrá delegar su asistencia y participación en el subdirector del respectivo Departamento Administrativo. " DeCRETO NÚMERO.."...,,,~-.,..,..-6_3.;;;...,.,..,..1~-....- de 2020 Hoja N°, 2 Continuación d~1 decreto "Por el cual se designan los miembros del Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz (FCP) ----.. . . . . . . . .-. .--"":.. - -..-----.. --"'l"--------.. -. .-.-.. ~----- ....--------:--.. ----.. . . . --------¡--------.. -......-.. ---------.. --_---__---,..----------­

Artículo 2°

Vigencia. El presente decreto rige apartir de la fecha'de su expedición y deroga el Decreto 1783 del 18 de septiembre de 2018. " PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÜIVIPLAS~~ Dado en D.C., a los " EL DIRECTOR DEL DEPARTAME ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, M 020

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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