El Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz, estará conformado por los siguientes miembros: 1. El consejero presidencial para la Estabilización y la Consolidación del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, quien lo presidirá. 2. El ministro de Hacienda y Crédito Público. 3. El ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible. 4. El ministro de Agricultura y Desarrollo Rural. 5. El director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - DPS 6. El doctor Arturo Calle Calle, identificado con la cédula de ciudadanía número 2.913.770. 7. El doctor Mario Hernández Zambrano, identificado con la cédula de ciudadanía número 17.051.207. Parágrafo. El consejero presidencial para la Estabilización y la Consolidación podrá delegar su asistencia y participación en el Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz en un funcionario del nivel directivo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. ' Los ministros podrán delegar su asistencia y participación en los vicerninistros del respectivo Ministerio. El director del DPS podrá delegar su asistencia y participación en el subdirector del respectivo Departamento Administrativo. " DeCRETO NÚMERO.."...,,,~-.,..,..-6_3.;;;...,.,..,..1~-....- de 2020 Hoja N°, 2 Continuación d~1 decreto "Por el cual se designan los miembros del Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz (FCP) ----.. . . . . . . . .-. .--"":.. - -..-----.. --"'l"--------.. -. .-.-.. ~----- ....--------:--.. ----.. . . . --------¡--------.. -......-.. ---------.. --_---__---,..----------