Por el cual se establece la planta de personal de la Sociedad Cajanal S. A. EPS.

Decreto · 62 · 2004-01-15 · Jerarquía: nivel 7

En Revisión
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1

Las funciones propias de la Caja Nacional de Previsión Social Cajanal S.A. EPS, serán cumplidas por la planta de personal de Empleados Públicos que se establece a continuación: Número de cargos Denominación del empleo Código Grado 1 (uno) Presidente de Entidad Descentralizada. 0015 25 2 (Dos) Vicepresidente de Entidad Descentralizada. 0040 23 2 (Dos) Jefe de Oficina 0137 20 2 (Dos) Asesor 1020 10 1 (Uno) Jefe Oficina Asesora de Planeación 1045 14 1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 14 1 (Uno) Director Territorial 0042 11 5 (Cinco) Director Territorial 0042 10 2 (Dos) Profesional Especializado 3010 19 1 (Uno) Profesional Especializado 3010 17 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5040 22 1 (Uno) Conductor Mecánico 5310 15 DECRETO NUMERO 0062 DE 2004 Por el cual se establece la planta de personal de la Sociedad Cajanal S. A. EPS.

Artículo 2

Fijase en seiscientos treinta y dos (632) el número de trabajadores oficiales al servicio de Cajanal S. A. EPS.

Artículo 3

El Presidente de Cajanal S. A. EPS, mediante resolución distribuirá los cargos a que se refiere el presente decreto y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.

Artículo 4

La incorporación de los empleados públicos a la nueva planta de personal que se adopta en el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de su publicación. Los trabajadores oficiales continuarán con sus contratos laborales en las mismas condiciones en que fueron suscritos, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto-ley 1777 de 2003.

Artículo 5

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 15 de enero de 2004. ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro d e Hacienda y Crédito Público, Juan Ricardo Ortega López. El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Antonio Grillo Rubiano.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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