Artículo 1°
Asignaciones básicas. A partir del 1° de enero de 2025, fíjese la siguiente escala de asignación básica mensual para los empleos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil: GRADO 1 2 3 4 5 6 7 8 15 ASIGNACION BÁSICA 2.368.605 2.521.896 2.667.909 2.741.704 2.886.932 3.035.701 3.189.413 3.407.402 3.698.093 3.945.953 4.162.048 4.403.222 4.667.755 4.962.037 5.251.755 GRADO • • i ! • I • ¡ 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 ASIGNACiÓN BÁSICA 5.518.683 5.843.522 6.060.748 6.384.039 6.700.790 7.090.609 7.352.227 7.845.750 8.471.086 9.092.948 9.708.800 10.225.111 10.838.033 11.437.993 13.264.978 • : DECRETO NÚMERO 0614 DE 2025 HOJA 2 Continuación del Decreto "Por el cual se establece la escala de asignación básica para los empleos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y se dictan otras disposiciones en materia salaria!." Parágrafo. En la escala salarial fijada en este artículo, la primera columna señala los grados correspondientes a las distintas denominaciones de empleo y la segunda columna indica la asignación básica mensual establecida para cada grado.