Artículo 8°
de la Ley 1437 de 2011 yen el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República, sobre el deber de 0609 DECRETO DE Página 3 de 27 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 1860 de 2012, con el fin de dar cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos entre la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela en virtud del Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial NO.28 - AAP. C NO.28" información al público de los proyectos específicos de regulación, el presente decreto no surtirá proceso de consulta pública en virtud de las materias tratadas, en tanto que no constituye un proyecto específico de regulación, y porque esta norma se expide para dar aplicación dentro de la normativa nacional a una decisión tomada por la Comisión Administradora del Acuerdo de Alcance Parcial de naturaleza comercial AAP.C No. 28, por lo que el proceso de consulta no generaría ningún efecto práctico en tanto que los aportes ciudadanos no tendrían la capacidad de modificar el acuerdo suscrito por Colombia en ejercicio de su soberanía, ni tampoco las decisiones adoptadas por la Comisión Administradora del Acuerdo. En mérito de lo expuesto, DECRETA