Artículo 1°
Establecimiento de un gravamen arancelario. Establecer un gravamen arancelario del cero por ciento (0%) para las importaciones de los productos clasificados por la subpartida arancelaria 3206.11.00.00.
Decreto · 597 · 2021-06-01 · Jerarquía: nivel 7
Establecimiento de un gravamen arancelario. Establecer un gravamen arancelario del cero por ciento (0%) para las importaciones de los productos clasificados por la subpartida arancelaria 3206.11.00.00.
Vigencia. El presente Decreto entra a regir quince (15) días calendario después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 1 del Decreto 2153 del 26 de diciembre de 2016 o las normas que lo modifiquen, aclaren o sustituyan. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y C TO PLJBLlCO, ANUEL REST EPO AB~DA.NO LA VICEMINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR, ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, ~J L URA ISABEL VALDIVIESO J \
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 7
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario