Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para establecer un

Decreto · 597 · 2021-06-01 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1°

Establecimiento de un gravamen arancelario. Establecer un gravamen arancelario del cero por ciento (0%) para las importaciones de los productos clasificados por la subpartida arancelaria 3206.11.00.00.

Artículo 2°

Vigencia. El presente Decreto entra a regir quince (15) días calendario después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 1 del Decreto 2153 del 26 de diciembre de 2016 o las normas que lo modifiquen, aclaren o sustituyan. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y C TO PLJBLlCO, ANUEL REST EPO AB~DA.NO LA VICEMINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR, ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, ~J L URA ISABEL VALDIVIESO J \

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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