Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias

Decreto · 551 · 2020-04-15 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1°

Bienes cubiertos por la exención del impuesto sobre las ventas ·IVA. Durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19, estarán exentos del impuesto sobre las ventas -IVA, en la importación y en las ventas en el territorio nacional sin derecho a devolución y/o compensación los siguientes bienes. Bienes cubiertos por la exención del impuesto sobre las ventas ·IVA 1 Gafas protectoras 2 Guantes de látex y de nitrilo 3 Guantes estériles 4 Mascarilla N95 y respiradores FFP2 o FFP3 5 Mascarillas con filtro 6 Protección total del cuerpo : Batas, gorros, ropa quirúrgica estéril, campos quirúrgicos, campo operatorio, sabanas, fundas, traje biológico, polainas y protectores metatarsales) 7 Protector facial: Caretas o visores 8 Tapabocas desechables 9 Trajes de bio-protección (enterizo, blusa y pantalón) 10 Cánulas de Guedel o de Mayo \" DECRETO LEGISLATIV.O 551 DE Página 6 de 15 Continuación del Decreto «Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica» 11 Cánulas de traqueostomía 12 Cánulas laríngeas 13 Cánulas nasales 14 Cánulas nasales de alto flujo 15 Cánulas nasofaríngeas 16 Cánulas orofaríngeas 17 Equipo de traqueostomía 18 Estilete o guía de entubación 19 Flujómetro para gases medicinales 20 Humidificador (normal, jet y burbuja) y filtros del humidificador 21 Kit de entubación 22 Laringoscopio de hojas rectas y curvas (niños y adultos) 23 Manómetro para oxígeno y vacío 24 Mascara de Alto flujo (Ventury) 25 Mascarilla con reservorio 26 Mascarilla de traqueostomía (tienda de traqueostomía) 27 Mascarilla laríngea 28 Mascarilla para nebulización - micronebulización 29 Mascarilla quirúrgica con filtro HEPA 30 Mascarilla simple 31 Mascarillas para anestesia 32 Mascarillas para reinhalación 33 Otros tipos de cánulas 34 Otros tipos de mascarillas 35 Pinza de maguil 36 Prong nasal 37 Regulador para gases medicinales 38 Respirador manual - Bolsa Auto-inflable - Balón resucitador - Bolsa de reanimación (AMBU) con o sin reservorio 39 Sujetador de tubo de traqueostomía 40 Sujetador de tubo endotraqueal 41 Tubo conector en T y/o Y, Niple conector 42 Tubos endotraqueales y nasotraqueales y combitube (tubo combinado esófago-tráquea) de diferentes medidas 43 Incentivo respiratorio 44 Inhalo-cámaras 45 Nebulizador y Micro-nebulizador 46 Succionador o aspirador de secreciones 47 Equipos para la apnea (CPAP - BPAP) 48 Circuitos y aditamentos de ventilación (Sensores, Filtros, entre otros) 49 Concentradores de 02 50 Ventilador de transporte , '. 551 LEGISLATIVO 7 de 15 Continuación del Decreto «Por el éual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Social y ! Ventilador o Respirador uso domiciliario 52 Ventilador o Respirador hospitalario 53 Pleurovac drenaje cerrado para conexión a tubo de 58 aspiración _1"I,OI<>tf"\1"I 59 nasogástrica, orogástrica y gastro-yeyunal 60 61 Sondas urinarias de diferentes clases 62 Otros tipos de sondas 63 Bombas medidas bomba de infusión Bombas de nutrición enteral Bolsa para nutrición n!:llre:lnYe:lr!:l1 66 i Bolsas para 67 Buretrol 68 Catéter central (Swanz Ganz Catéter periférico vascular e intr'!:I"c~",,,,, Equipo de plasmaféresis transfusión sanguínea Máquina de hemodiálisis 80 Otro tipo de venoso de acceso 81 Cardiodesfibrilador Cardio-desfibrilador 84 Gel para electrodos 85 Capnógrafo 86 Celdas de oxígeno Electrocard ióg rafo 88 Electrodos de ventosa 89 Electrodos superficiales 90 Filtros entrada y salida de periférico y central, arterial y DECRETO LEGISLATIVO,~ '- 551 Continuación del Decreto «Por el cual se el marco del Estado de DE Página 8 de 15 medidas tributarias transitorias en Económica, Social y 91 vitales (Medición de frecuencia cardiaca, presión diastólica y temperatura, saturación de oxigeno, Pulsoxímetro Sensores Temperatura EKG saturación de ,ru"y",::.,,"'" digital y manual Termómetro digital y manual 100 101 1 103 Válvulas flujo Doppler Ecocardiógrafo Ecógrafo y venosos Equipo 104 Espirómetros 105 Fibroscopio y Fibrobroncoscopio Glucómetro 107 109 110 111 112 113 ',----­ 114 115 116 117 118 119 calentamiento Camillas Caminadores Grúas Otros dispositivos médicos de movilización Rodillos ,,.."'t"!,,,,rOQ con punta Autoclaves, esterilizadores y accesorios. Bolsas mortuorias Carro cardiaco Centrifugas 1 130 DECRETO LEGISLATIVO 51 Página 9 de 15 DE transitorias en Continuación Decreto «Por el el marco Estado de I-l'Y"Ior"O"r"<> y Ecológica» 131 132 ultrasonido 133 134 Procesadores de 135 Suturas 136 Tablero para masaje cardiaco 137 138 139 140 141 ,.,.e>I'r",e> 1 143 Hisopos con tubo 144 Neveras de transporte, Pilas de gel y fluidos, incluida la transporte para transporte receptalo 145 ubos de recolección Algodón 152 Apósito adhesivo 1 Cinta adhesiva microporoso esterilización de dispositivos médicos 166 Vendas 167 Colchón "'.1 , LEGISLATIVO \d - 5 51 Página 10 de 15 Continuación del Decreto «Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia y Ecológica» 1 Dispositivos médicos para lesiones de piel 169 Espumas: En diferentes tamaños y coderas) 1 Alcohol Etílico Gel 63% 65% prolongadas taloneras, Alcohol Etflico Solución 70% Alcohol Etílico + Clorhexidina Gluconato tó ica70% + 1% Alcohol Etílico + Clorhexidina Gluconato Solución tópica 76.5mL + OmL 181 1 1 1 185 186 1 Clorhexidina Gluconato Solución Clorhexidina Gluconato + Alcohol 70%,4% + 70% Soluciones antibacteriales Geles Antibacteriales 1 Jabones Toallitas húmedas 189 Jabones DECRETO LEGISLATIVO 55 DE Página 11 de 15 Continuación del Decreto «Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Económica, Social y Ecológica» 207 Monitor de trans orte 208 209 Flu' ómetro 210 211 Parágrafo impuesto períodos compensación. saldos a generados en las declaraciones tributarias del ventas -IVA- podrán ser imputados en declaraciones los pero en ningún caso podrán ser de devolución y/o Parágrafo responsable del impuesto sobre las -IVA- que on~:::II,Q,no bienes exentos presente Decreto Legislativo, tiene a que trata impuestos Y ",,,)VV 1 sobre las en el -IVA, siempre y cuando cumpla con los consagrados en el Estatuto Tributario y en especial en

Artículo 485°

dicho

Artículo 2°

Condiciones de aplicación. Para efectos del impuesto las ventas -IVA que trata el Legislativo, responsables del sobre las el siguiente procedimiento: aplicación de la 1 del presente -IVA- deberán cumplir con 2.1. facturar la operación de venta bienes exentos, y durante la n"!,Q,rn"""l"i", Sanitaria declarada por el Ministerio Salud y Social, con de la pandemia derivada del Coronavirus 9, a través de los sistemas de vigentes, el facturador incorporar en el documento una leyenda indique: Exentos - Decreto 417 del 17 de marzo de 2020". 2.2. La importación, la venta y entrega de los del establecido en artículo 1 del 2.3. sobre las ventas -IVA- deberá rendir un informe de cada mes, cual deberá ser remitido dentro del mes a la Dirección Seccional de y Aduanas corresponda al domicilio fiscal del responsable del impuesto sobre las ventas -IVA- que efectúa la venta exenta, por contador público o revisor fiscal, según sea el en el cual se detallen las facturas o documentos equivalentes, registrando número, cantidad, especificación del bien y valor de la operación. 2.4. El responsable impuesto las ventas -IVA- deberá rendir un informe de las de los importados y amparados con la exención del que trata 1 del Decreto impuesto sobre las ventas -IVA cual deberá ser remitido Legislativo, con corte al último día de cada dentro de los cinco (5) primeros días del mes a la Dirección de Impuestos y Aduanas corresponda domicilio fiscal del responsable la importación exenta, del impuesto sobre las ventas -IVA- que deberá ser Decreto Legislativo. dentro del DECRETO LEGISLATIVO" 551 Página 12 de 15 DE Continuación del Decreto «Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica» certificado por contador público O revisor fiscal, según sea el caso, en el cual se detalle: la declaración de importación, registrando número, fecha, cantidad, especificación del bien, valor de la operación y el número de la factura del proveedor del exterior.

Artículo 3°

Incumplimiento de las condiciones y requisitos. El inCl,Jmplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en el artícl,Jlo 1 y los numerales 2.1 y 2.2. del

Artículo 4°

Vigencia. El presente Decreto Legislativo rige a partir de la fecha de su publicación. Dado en Bogotá D.C ., a los LA MINISTRA DEL INTERIO , ~~~~ ALICIA VIc:>RíAÁRANGO OLMOS EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES r'liD) ..., DECRETO LEGISLATIVO ' 551 Página 13 de 15 DE Continuación del Decreto «Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica» " 1 ¡f'¡ ; .:.5 '.' . ~" ': \~ EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, J{~ ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO, MARGARITA L ONOR CABELLO BLANCO EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL, ntJJ~ ?~~ RbD~;t/~NRIQU E ZEA NAVARRO ' EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL, DECRETO LEGISLATIVO 551 DE Página 14 de 15 Continuación del Decreto «Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica» EL MINISTRO DEL TRABAJO, ÁNGEL LA MINISTRA DE MINAS Y ENERGíA, MARíA FERNANDA SUÁREZ LONDOÑO -­ EL MINISTRO DE COMERCIO, INDU TRIA y TURISMO, " i o LA MINISTRA DE EDUCACiÓN NACIONAL, EL IVIINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, DECRETO LEGISLATIVO 551 Página 15 de 15 DE Continuación del Decreto «Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica» ~lA ¡z; "',C'J v EL MINISTRO DE VIVIENDA , CIUDAD Y TERRITORIO , fa ,",:::.\ '~l\ 2 Y';J Ofll ;;1'1,. \. l.::' 'I H":"'·1.' "'h! '., .1 ~~) f~tl~i) }(\~ ~V) :' ... / JONk~~MALA~"FLEZ ~·· k· LA MINISTRA DE TECNOLOGíAS DE LA INFORMACiÓN Y LAS COMUNICACIONES, SYLVIA CRISTINA CONSTAíN RENGIFO LA MINISTRA DE TRANSPORTE, L ~{~y.-L- (~/(.0 n ÁNGELA MARíA OROZC GÓMEZ LA MINISTRA DE CULTURA, LA MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGíA E INNOVACiÓN f-1p.b~ G\~<I. la lo,rl\J )O'fry MABEL GISELA TORRES TORRES EL MINISTRO DEL DEPORTE,

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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