Artículo 118°
de la Ley 2294 de 2023, y CONSIDERANDO Que el artículo 52 de la Constitución Política reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre, y encomienda al Estado la función de fomentar estas actividades e inspeccionar, vigilar y controlar las organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas. Que el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia señala que "Los ministros y los directores de departamentos administrativos son los jefes de la administración en su respectiva dependencia . Bajo la dirección del Presidente de la República, les corresponde formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley." Que el artículo 4 de la Ley 1967 de 2019, en su numeral 2 indica que es función del Ministerio del Deporte "Dirigir y orientar la formulación, adopción y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos del sector administrativo del deporte, recreación, actividad física , y aprovechamiento del tiempo libre ." Que el artículo 30 del Decreto 111 de 1996, por el cual se compilan normas que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto, señala que constituyen fondos especiales en el orden nacional "Ios ingresos definidos en la ley para la prestación de un servicio público específico, así como los pertenecientes a fondos sin personería jurídica creados por el legislador". Que el artículo 118 de la Ley 2294 de 2023 creó el Fondo Cuenta del Ministerio del Deporte, "como cuenta especial sin personería jurídica, para el desarrollo de proyectos y/o actividades de acuerdo con su función que estén permitidos dentro de la normatividad vigente " y definió los objetivos a los cuales deben destinarse sus recursos. DECRETO No. HOJA No. 2 de 9 Continuación del Decreto «Por medio del cual se adiciona la Parte 19 al Libro 2 del Decreto1085 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte, para reglamentar el Fondo Cuenta del Ministerio del Deporte » Que este Fondo Cuenta , específicamente designado en su norma de creación como una cuenta especial sin personería jurídica, se establecíó como un mecanismo de administración de recursos públicos sin alterar la estructura del Ministerio del Deporte ni crear una entidad independiente de este . Que, teniendo lo anterior, se hace necesario reglamentar el Fondo Cuenta del Ministerio del Deporte con el fin de establecer los órganos de gobierno y administración, así como los mecanismos para el ingreso, administración y ejecución de los recursos que lo integran. Que el texto este decreto se publicó en la página web del Ministerio del Deporte dando cumplimiento a los requisitos de publicidad establecidos en la Ley 1437 de 2011 yen el Decreto 1081 de 2015 . Que, en mérito de lo expuesto, DECRETA