Artículo 1°
Modifíquese el parágrafo transitorio del artículo 5 del Decreto 1432 de 2016, modificado por el Decreto 2188 de 2016, el cual quedará así: "Parágrafo transitorio. La Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social del Ministerio de Salud y Protección Social continuará ejerciendo las funciones señaladas en el Decreto 4107 de 2011 hasta el 31 de julio de 2017." DECRETO NÚM~,~Q '.' ,-, 547 DE 2017 HOJA No -2 de -2 Continuación del decreto "Por el cual se modifica el Decreto 1432 de 2016 modificado porel Decreto 2188 de 2016"\nArtículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 5 del Decreto 1432 de 2016. PUBLíQUESE y CÚMPLASE 30 AR2017 Dado en Bogotá, D.C., a los El Ministro de Hacienda y Crédito Público /ÚfCUt.,.,~ ~A '--? MAURICIO CÁRDENAS SANT~{RlA . ~~ . '\ "i', "':\i El Ministro de Salud y Protección Social La Directora Departamento Administrativo de Función Pública ~ABALLERO DURÁN ~~------------~