Por el cual se modifica el parágrafo 1 del artículo 2.5.6. del Decreto 1084 de 2015

Decreto · 546 · 2023-04-13 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–1 de 1

Artículo 1°

Modificación del parágrafo 1 del artículo 2.5.6. del Decreto 1084 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación. Modifíquese el parágrafo 1 del artículo 2.5.6. del Decreto 1084 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación, el cual quedará así: "Parágrafo 1. Los siguientes funcionarios tendrán la calidad de invitados permanentes a la Mesa de Equidad con voz y sin voto para la toma de decisiones orientadas a la superación de la pobreza: 1. El Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). 2. El Director de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. 3. El Consejero Presidencial para la Equidad de la Mujer. 4. El Alto Comisionado para la Paz 5. El Director del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)."\nArtículo 2°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLíQUESE, COMUNí<?UESE y CÚMPL~S~~ Dado en Bogota, D. C., a/~7 ~_ ~// ,/ ./ EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIV DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA ,' DECRETO NÚMERO 0546 DE 2023 Página 3 de 3 Continuación del Decreto: "Por el cual se modifica el parágrafo 1 del artículo 2.5.6. del Decreto 1084 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación, en lo relacionado con los invitados permanentes a la Mesa de Equidad con voz y sin voto" ---------------------------------_.~-----~,-"~~._~--"...~"----~'------._-------"---~~----------~--~--~--- LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIY~" -~ I'{'-"'" r,--;\ PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL ~~ j~\tFj ~{ vi 20;¿J~ G,-,' ""',,", r;" dJ;~f CIELOe. RtfSINQUE URREGO

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma