Artículo 2.5.3.2.9.1
Registro acreditada en alta calidad. Para de instituciones disposiciones: a) de programa académico de institución otorgamiento del registro calificado programas en alta calidad institucional, se aplícarán las etapa de pre radicación se entenderá surtida mientras permanezca vigente la acreditación en alta calidad institucional, por lo que en este periodo institución podrá C<nr.. ""r solicitudes en etapa o modificaciones sus programas "'r'~>F1Qrnlf'nC' sin que deba etapa de pre radicación. no sea renovada, dentro de los (12) meses Durante este período y al vencimiento de la u'<.>r'lrl.n Nacional decida la solicitud de etapa de pre radicación, la otorgamiento o renovación del continuar presentando solicitudes como de modificación de sus académicos. DECRETO NÚMERO 05:2 a DE 2024 Continuación del Decreto "Por medio del se modifica Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 - Único b) el Capítulo 2 del Título 3 de la del Sector Educación" La etapa de radicación se iniciará con la solicitud otorgamiento o renovación del registro calificado, la cual el Ministerio de Educación Nacional realizará la revisión de información y y de encontrar que la solicitud se encuentra incompleta, la complemente en los términos del artículo 17 de requerirá a la institución 1437 de 2011. se surtirá sin el desarrollo visita de verificación por académicos y de concepto sobre condiciones de calidad de programa por parte de Evaluación de la Nacional Intersectorial Aseguramiento Superior Los programas prevean el rto,,,,,,rrAIl'1'\ marco de la relación rrr\,~anl~IO servicio, serán en debida forma y posterioridad a la que rijan la materia. c) PÁGINA 14 DE 21 prácticas formativas en de esta relación con El Ministerio de Educación Nacional renovará de oficio el registro calificado de los en los términos del artículo programas académicos con acreditación en alta 2.5.3.2.9.2 del presente r/O/~,.",j'l'\ acto consagradas en el literal a) de etapa de pre del presente decreto, se lo declare, artículo. se encuentre en trámite, de manera anticipada en las disposiciones solicitud de otorgamiento o renovación del registro que se encuentre en trámite la fecha de entrada en del presente decreto, continuará hasta su culminación, académicos y/o emisión sin que para ello deba visita de verificación por de las Salas de Evaluación concepto sobre las condiciones de calidad de programa por la Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento la Calidad de la Educación estado en el que se encuentre trámite, sin perjuicio de la Superior - CONA CES, evaluación de la relación servicio para los programas académicos que prevean del desarrollo de prácticas formativa en el marco de esta relación.