Por el cual se modifica la integración del Consejo Directivo de la Defensa Civil

Decreto · 520 · 2015-04-21 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–1 de 1

Artículo 1°

así: Modifíquese el Artículo 42 del Decreto 2162 de 1992, el cual quedará "ARTíCULO 42. Consejo Directivo. El Consejo Directivo de la Defensa Civil estará integrado por los siguientes miembrds: 1. Ministro de Defensa Nacional o su delegado, quien lo presidirá. 2. El delegaéJo dt11 Ministerio de Salud y Protección Social. 3. El delegado del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 4. El Comandante General de las Fuerzas Militares o su delegado. 5. El Director de la Policía Nacional o su delegado 6. El Director Nacional de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres o su delegado. 7. Un miembro independiente quien tendrá un suplente, igualmente con calidad de independiente. PARÁGRAFO 1: Los miembros independientes serán elegidos por el Ministro de Defensa Nacional, de acuerdo con el perfil establecido en los estatutos de la Defensa Civil Colombiana. " Vo,Bo.: DIRECTOR ASUNTOS LEGALES rf.. VoBo,: COORDINADOR GRUPO NEGOCIOS ENERALES JO Revisó: ABOGADA GRUPO NEGOCIOS GENE LES r • DECRETO NÚMERO 8p 9 6 2 HOJAN~. DE 2017 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la integración del Consejo Directivo Por el cual se modifica la integración del Consejo Directivo de la Defensa Civil Cdlombiana"\nArtículo 2°. así: Modifíquese el Artículo 43 del Decreto 2162 de 1992, el cual quedará "ARTíCULO 43. Normas generales para el funcionamiento del Consejo Directivo: Las normas generales para el funcionamiento. del Consejo Directivo se establecerán en los estatutos internos que adopte la Defensa Civil Colombiana."\nArtículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLíaUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C. a los, 15 R2018 MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, r 1Í'l1~t1iM (J.. . ~ MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, .q-:­ )J ~IS C. VILLEGAS ECHEV RRIJ ~. I LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA, LlLIANA CABALLERO DURÁN ~"':~----------------------------------------------------~ VO.Bo.: DIRECTOR AS~OS LEGALES ~ VO.Bo: COORDINADOR RUPO NEGOCIO ENERALES j!; Revisó: ABOGADA GRUP NEGOCIOS GENE LES

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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