Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúmplase Dado en Bogotá, D. C., a los EL MINISTRO DEL INTERIOR, DE _ __ Hoja No. 4 Por el cual se adiciona una sección al capitulo 11 de del Tftulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, relacionado con la indemnización de perjuicios a las vfctimas de violaciones de derechos humanos en virtud de lo dispuesto por determinados órganos internacionales de Derechos Humanos, contenida en la Ley 288 de 1996. LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES, I \ \ I l '; \ \ l. . l' ' . I ; . ., l ' ' ( : . . ( MARfJCt\NGEl!Á' HOLGuíN CÜÉtLAR. EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO, EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, J.