Artículo 1°
. ,_ Modificar el artículo 1° del Decreto 499 del 7 de mayo de 2025, el cual quedará así: "Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse a partir del 10 Y hasta el 17 de mayo de 2025, las funciones legales y unas funciones constitucionales en el señor ministro de Salud y Protección Social, doctor Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, así: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.