Artículo 1
DEUDAS POR CONCEPTO DE CONTRATOS LIQUIDADOS. El monto a favor de la EPS'S contenido en el acta de liquidación bilateral de los contratos de administración del Régimen DECRETO NO. 4976 DE 2009 HOJA NO.~ Continuación de decreto 'Por el cual se expiden medidas excepcionales con el fin de liberar recursos que permitan garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de salud de la población beneficiana al Régimen Subsidiado y se dictan otras disposiciones', Subsidiado O en el acto de liquidación unilateral expedido por la entidad territorial, que a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto no haya sido girado a la EPS'S, deber~ serio dentro de los treinta (30) dias siguientes a la expedición del presente decreto por la Entidad Territorial, directamente a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en el caso en que las EPS'S les adeude recursos y el monto restante, si hubiere lugar a ello, a éstas últimas dentro del mismo plazo.