Por el cual se modifica el parágrafo transitorio del artículo 2.5.1.4.7 del Decreto 1066 de

Decreto · 496 · 2020-03-30 · Jerarquía: nivel 7

Derogado
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Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 2.5.1

2018, establece: 1<:>1"1'<:>1'''' 1066 adicionado por el artículo 1 del Decreto "Los delegados comunidades afrocolombianas, Espacio Nacional Consulta Previa de que trata el presente consenso o por votación, en asambleas y mediante convocatoria realizada por el Ministerio del Interior en concertación con los delegados al Nacional de Consulta según corresponda, elección que se llevará a cabo dentro los dos (2) meses anteriores al vencimiento del período del respectivo Previa." Ministerio del y la plenaria del Nacional de Consulta Previa, mediante 8 de marzo 2020, suscrita en de Santiago Cali, consideraron conveniente y necesario prorrogar el período los delegados de comunidades Consulta Previa afrocolombianas, y palenqueras ante Nacional el 31 de diciembre de , con el fin de contar con el tiempo para finalizar las previas de medidas legislativas y administrativas en trámite y desarrollar con la antelación, de elección delegados de comunidades para un nuevo período; en consecuencia, se modificará el parágrafo transitorio del artículo 15. 1.4.7 del Decreto 1 mérito de lo expuesto. DECRETA

Artículo 1°

Modificación: Modificar el parágrafo transitorio del artículo 1066 2015, Único Reglamentaría del Administrativo del lo 1 del Decreto 1 2018, el cual quedará .1.4.7 del Decreto adicionado por UParágrafo transitorío: Para el caso del primer período de los delegados elegidos la autonomía para la conformación e instalación de dicho espacio y en marco de los pueblos, su período culmina el31 de diciembre de 2020. proceso afrocolombianas, de octubre de de un acto formal de y palenqueras y su período instalación". de las comunidades negras, un nuevo período, en el mes el 1 de enero sin necesidad DECRETO NÚMERO _\_ ., _1..-_4_9_6_____ DE 2020 PÁGINA 3 DE 3 Continuación del Decreto: "Por el cual se modifica el parágrafo transitorio del articulo 2.5. 1.4.7 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, sobre el periodo y elección de los delegados ante el Espacio Nacional de Consulta Previa de las medidas legislativas y administrativas de carácter general, susceptibles de afectar directamente a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras"\nArtículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el parágrafo transitorio del artículo 2.5.1.4.7 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1372 de 2018. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los oMAR 2020 La Ministra del Interior ----_._-­ ~ /~c=:; ­ ~----~ ALICIA VICTORIA ARANGO OLMOS

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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