Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentarío del Sector

Decreto · 493 · 2023-04-05 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–1 de 1

Artículo 1°

Adiciónese un parágrafo al artículo 2.10.1.1.6. del Decreto 1068 de 2015, así: "Parágrafo. Cuando el Fondo de Reserva para la Estabilización de la Cartera Hipotecaria - FRECH no cuente con recursos que sean materia de instrucciones de inversión por parte del Comité de Inversiones del FRECH, dicho Comité no deberá reunirse. La secretaría técnica del Comité de inversiones del FRECH deberá convocar a reunión a los miembros de dicho Comité, una vez el Fondo cuente con recursos que sean materia de instrucción. "\nArtículo 2°. - Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 2.10.1.1.6. del Decreto 1068 de 2015. PUBLíaUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, JOSÉ ANTONIO OCAMPO GAVIRIA

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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