Por el cual se suspenden restricciones para la operación de las pistas de los aeropuertos nacionales e internacionales en el territorio nacional, y se dictan otras disposiciones para atender la situación de desastre nacional y de emergencia económica, social y ecológica nacional.

Decreto · 4822 · 2010-12-07 · Jerarquía: nivel 6

En Revisión
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Suspéndase transitoriamente y mediante dura la emergencia vial en el país las restricciones de horario de tipo ambiental establecidas para la operación de las pistas de los aeropuertos nacionales y/o internacionales en el territorio nacional. Parágrafo: El Gobierno Nacional hará bimensualmente una evaluación de la situación del sistema vial nacional y de su impacto sobre la demanda de transporte aéreo. Si de dichas evaluaciones se desprende que el sistema aeroportuario ha regresado a su normalidad operacional, el Gobierno Nacional procederá a restablecer las reglas operacionales que el presente Decreto suspende. Con todo, la suspensión de las restricciones aquí decretada no podrá durar más de seis (6) meses, contados a partir de la expedición del presente Decreto.

Artículo 2

VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Artículo ANEXO

ondo Bog, 2900 2019 EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA, VIA PA — MAN VARGAS LLERAS Qo” 4822 DECRETO NÚMER de 2010 Hoja N'. nacionales e internacionales en el territorio nacional, y se dictan otras disposiciones para atender la situación de LA VICEMINISTRA DE ASUNTOS MULTILATERALES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES part LONDOÑO JARAMILLO EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, JUAN Veco ECHEVERRY GARZON ODRIGOS RIVERA SALAZAR EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, Nam, RE JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL, oran SANTAMARIA 1] EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA, EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, Ona. SERGIO DIAZ-GRANADOS GUIDA 0” 4822 DECRETO NÚME| de 2010 Hoja N'. nacionales e intemacionales en el territorio nacional, y se dictan otras disposiciones para atender la situación de LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL, - Ma Anda] | MARIA FERNANDA/CAMPO SAAVEDRA LA MINISTRA DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL, BEATRIZ ELENA URIBE BOTERO EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA Y INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, Ñ DIEGO ERNESTO MOLANO VEGA EL MINISTRO DE TRANSPORTE, ENS ¿ GERMÁN CARDONA GUTIERREZ LA MINISTRA DE LA CULTURA, MARIANA GARCES CORDOBA

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 6

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Decreto legislativo: el preámbulo invoca el art. 215 CP (estado de excepción). Nivel 6 (piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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