Artículo 86°
del Estatuto Orgánico del Presupuesto, compilado en el Decreto 111 de 1996, y CONSIDERANDO: Que la ley 1753 de 2015, "Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018" "Todos por un nuevo país" otorgó en su articulo 107 al Presidente de la República facultades extraordinarias para el desarrollo rural y agropecuario, consistentes entre otras en la creación de diversas entidades responsables de la administración de las tierras, de gestionar, promover y financiar el desarrollo rural y agropecuario, asi como reasignar funciones y competencias entre las entidades y organismos del sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. Que mediante Ley 1769 del 24 de noviembre de 2015, se decretó el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2016, y mediante Decreto 2550 del 30 de diciembre 2015 se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2016, y se detallaron las apropiaciones y se clasificaron y definieron los gastos. Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación. Que de conformidad con el articulo 86 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, cuando se fusionen órganos o se trasladen funciones de uno a otro, el Gobierno Nacional , mediante decreto, hará los ajustes correspondientes en el presupuesto para dejar en cabeza de los nuevos órganos o de los que asumieron las funciones, las apropiaciones correspondientes para cumplir con los objetivos sin que puedan aumentar las partidas globales por funcionamiento, inversión y servicio de la deuda, aprobadas por el Congreso de la República . Que el Decreto Ley No. 2365 de 2015, suprimió el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural -INCODER, y ordenó su liquidación. Que los Decretos Ley No. 2363 de 2015 "Por el cual se crea la Agencia Nacional de Tierras - ANT, se fija su objeto y estructura" y No. 2364 de 2015 "Por el cual se crea la Agencia de ~ DECRETO 465 DE Página 2 de 5 Continuación del Decreto "Por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2016". Desarrollo Rural - ADR, se determinan su objeto y su estructura orgánica" establecen funciones a las nuevas Agencias que venían siendo desarrolladas por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural-Incoder en Liquidación, ante lo cual es necesario efectuar los ajustes correspondientes en el Presupuesto General de la Nación, para apropiar en la nuevas entidades los saldos disponibles libres de afectación presupuestal. ' Que la Jefe de Presupuesto del Incoder en Liquidación, certificó que en el presupuesto de esa entidad existen saldos disponibles y libres de afectación presupuestal, para ser trasladados a las nuevas Agencias, por lo cual expidió los certificados de disponibilidad No. 216,316 Y 416 del 7 de marzo de 2016. DECRETA: