Artículo 21°
Competencia para conceptuar. El Departamento Administrativo de la Función Pública es el órgano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional. Ningún otro órgano puede arrogarse esta competencia.
Decreto · 461 · 2022-03-29 · Jerarquía: nivel 7
Competencia para conceptuar. El Departamento Administrativo de la Función Pública es el órgano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional. Ningún otro órgano puede arrogarse esta competencia.
Vigencias y derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 967 de 2021 modificado por el Decreto 1297 de 2021, y surte 0 efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2022. PUBLíaUESE y CÚMPLASE ~.'. (Qj 6\.... ..q) .-t.'''''.I ij'rí'l'lf)} :;-' ~ .. . . ·[;'1 JII~\ . R.::--."' n'. . · l.!J' [l. '.:'1. 2·'. &j ~ Irti~A,·'t ~ ... ¿ " Dado en Bogotá, D. C., a EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO OBLlCO, DANO Decreto Número 461 de 2022 Hoja 6 Continuación del Decreto "Por el cual se establece la escala de asignación básica para los empleos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y se dictan otras disposiciones en materia salariaL" LA MINISTRA DE TRANSPORTE, EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA, aÁNGE~IAkOL OROZC~EZ
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto
Estado: Derogado
Nivel jerárquico: 7
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario