Valor de la bonificación. La bonificación para el año 2022 corresponde al valor que se fija en las siguientes tablas, así: 1. Para los distintos grados del Escalafón Nacional Docente correspondientes a los empleos docentes y directivos docentes al servicio del Estado que se rigen por el Decreto Ley 2277 de 1979, el valor de la bonificación será: Grado Escalafón i ! I Valor de la Bonificación a pagar mensualmente B 29.374 32.540 1 ,36.467 2 37.801 3 4 40.114 A 41.697 i 451 oecre to N'umero de 2022 Haja . 2 Continuación del Decreto "Por el cual se crea una bonificación para los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media, que se pagan con cargo al Sistema General de Participaciones y otras fuentes de financiación y se dictan otras disposiciones". Grado Escalafón Valor de la Bonificación a pagar mensualmente 5 44.327 6 46.889 7 52.474 8 57.640 9 63.853 10 69.914 11 79.832 12 94.965 13 105.119 14 .119.719 I 1 2. Para los educadores estatales no escalafonados, nombrados en propiedad en las plantas de personal del sector educativo con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Ley 1278 de 2002, dependiendo del título acreditado para el nombramiento, el valor de la bonificación será: Valor de la Bonificación a pagar mensual Título 3. Bachiller 27.194 Técnico Profesional o Tecnólogo 35.998 Profesional Universitario 43.987 Para el instructor dellNEM o ITA no escalafonado y vinculado antes del 1° de enero de 1984, el valor de la bonificación será: ! 4. Valor de la Bonificación para pagar mensualmente 1, 11 YA 111 Y B 60.531 IVyC 48.997 52.045 Para los distintos grados del Escalafón Nacional Docente correspondientes a los empleos docentes y directivos docentes al servicio del Estado que se rigen por el Decreto Ley 1278 de 2002, el valor d~ la bonificación será: Grado Escalafón i ! Titulo Nivel Salarial Valor de la bonificación a pagar mensual I • Normalista Superior o Tecnólogo en Educación Licenciado o Profesional no Licenciado 1 A 49.523 B 63.128 81.377 100.881 e D 2 Sin especialización Con especialización B 62.329 81.440 67.747 86.557 e 95.121 107.232 D 113.669 126.902 A 451 Decreto Número de 2022 Ho'a 3 C.onti~uación del Decreto :'~or el cual se crea una bonificación para los servidores públicos docentes y directivos .docentes al servIcIo d~1 .Est~do en los niveles de preescolar, básica y media, que se pagan con cargo al Sistema General de Participaciones y otras fuentes de financiación y se dictan otras disposiciones". Titulo Licenciado o Profesional no Licenciado Grado Escalafón Nivel Salarial A B 2 e D Licenciado o Profesional no Licenciado con Maestría o con Doctorado A B 3 i e D Valor de la bonificación a pagar mensual Maestría Doctorado 71.678 93.656 109.389 130.719 Maestría 81.027 105.872 123.657 147.769 Doctorado 104.317 123.515 152.758 177.001 138.385 162.446 205.128 235.480 5. Para los servidores públicos etnoeducadores docentes y directivos docentes que atiendan población indígena en territorios indígenas, vinculados de conformidad con lo establecido en la Ley 115 de 1994, el Decreto 1075 de 2015 y de acuerdo con lo resuelto por la Corte Constitucional en Sentencia C - 208 de 2007, el valor de la bonificación será: I Titulo i Valor de la Bonificación a pagar mensual Bachiller u Otro Tipo de Formación 41.699 Normalista Superior o Tecnólogo en educación 49.523 Licenciado o Profesional no Licenciado 62.329 Licenciado o Profesional no Licenciado con Especialización 67,747 Licenciado o Profesional no Licenciado con Maestría 104.317 Licenciado o Profesional no Licenciado con Doctorado 138.385 Parágrafo. El valor de la bonificación para los docentes vinculados en periodO de prueba al nivel primaria que acrediten únicamente título de bachiller o Técnico profesional o laboral en educación en el marco del concurso especial para zonas de postconflicto será de cuarenta y un mil seiscientos noventa y nueve pesos ($41.699) moneda corriente.