Publicación de la lista definitiva. Una vez conformada la lista Web de Presidencia definitiva, ésta se publicará inmediatamente en la la República señalando expresamente si el candidato envió su hoja vida según lo señalado en Decreto o incluido por Presidente República. Se creará un canal, a cargo de la Jurídica de la Presidencia, que ciudadanos se pronuncien frente a los candidatos y se informará en medios de comunicación amplia circulación la existencia del mismo. La ciudadanía contará cinco (5) días calendario, contados a partir la publicación de con un término la lista definitiva, para llegar por escrito, manera sustentada y a través canal creado para fin, observaciones y que se consideren interés respecto de los candidatos inscritos. Juríd del mismo término la opinión de organizaciones ciudadanas, los inscritos en la lista. de la Presidencia podrá solicitar la universitarias o académicas, sobre Una vez vencido el término anterior, el Ministro de la Presidencia remitirá la República las observaciones y apreciaciones inmediatamente al Presidente le hayan sido presentadas por los ciudadanos.