Artículo 1°
Objeto y aplicación. El presente decreto tiene por objeto establecer el Plan de Austeridad del que regirá para los órganos que hacen la Nación durante la vigencia fiscal del 2023. Presupuesto
Decreto · 444 · 2023-03-29 · Jerarquía: nivel 7
Objeto y aplicación. El presente decreto tiene por objeto establecer el Plan de Austeridad del que regirá para los órganos que hacen la Nación durante la vigencia fiscal del 2023. Presupuesto
Modificación planta de personal, estructura administrativa y ne,n;:,,,,n<> y la estructura organizacional de las entidades que personal. planta parte del Presupuesto la Nación y que pertenecen a la rama <J1<J'vULI público del orden nacional, se podrá modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o genere ahorros en la lo cual requerirá previo concepto emitido por el Departamento Administrativo la Presidencia la República. De forma excepcional, las y que pertenecen a la rama reformas a la planta sean consideradas como Gobierno nacional en "",,..,,,,,,,'1'"1 previo concepto emitido por el República. General de la Nación orden nacional podrán realizar que generen gasto, cuando el cumplimiento de las metas y políticas del con el Nacional de Desarrollo, lo cual requerirá Administrativo de la Presidencia de la En todos los casos, con la correspondientes, autoridades competentes determinen IoJU'¡:¡""U los conceptos técnicos favorables vigente aplicable y a los requisitos que las trám
Contratación la prestación servicios profesionales y parte del Presupuesto General de la de apoyo a la gestión. Las entidades Nación deberán realizar una revisión previa razones justifiquen la contratación de personal para la prestación de servicios profesionales y a la gestión. De eonformidad con lo previsto en el artículo 32 la y siguientes del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único y Crédito Público, solo se celebrarán los contratos que sean coadyuvar al cumplimiento de las funciones y actividades no puedan realizarse con personal especializados. conocimientos Por regla general, las entidades deben contar con un Plan deben ser acumuladas ni interrumpidas. disponibilidad presupuestal o retiro podrán ser
Arrendamiento y mantenimiento de bienes adquisición de bienes muebles e inmuebles. entidades Presupuesto General de la Nación arrendamiento y mantenimiento de I"\,c,nc", muebles e inmuebles: a) Implementar medidas tendientes a reducir los gastos de su costo, la situación de trabajo en casa, no efectuar renovaciones y proceder a la entrega de los DECRETO 444 DE 2023 Página 3 de 8 Continuación del Decreto "Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2023 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación" corresponde, teniendo en cuenta las condiciones propias de cada contrato de arrendamiento. b) El mantenimiento de bienes inmuebles de propiedad de las entidades del Estado solo procederá cuando se realice de manera preventiva para garantizar el correcto funcionamiento a fin de no generar un impacto presupuestal a largo plazo; cuando de no realizarse se ponga en riesgo la seguridad y/o se afecten las condiciones de salud ocupacional de las personas, en cuyo caso debe quedar expresa constancia y justificación de su necesidad. c) El cambio de sede únicamente procederá en uno de los siguientes eventos: i) Cuando no genere impacto al presupuesto asignado en la vigencia; ii) cuando la necesidad haga inaplazable la construcción o adquisición de la sede; o iii) cuando el edificio dónde funciona la entidad ponga en riesgo la seguridad del personal o no brinde las condiciones laborales adecuadas de conformidad con las normas establecidas en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en Trabajo (SGSST). d) La adquisición de bienes muebles e inmuebles solo se podrá efectuar cuando sean necesarios para el cumplimiento del objeto misional de las entidades, previa justificación. Para el caso de la adquisición de bienes inmuebles, además se requiere la identificación de predios de propiedad de entidades públicas e identificación de opciones para el desarrollo en esos predios para la construcción de sedes propias. Parágrafo. Las entidades deberán abstenerse de iniciar cualquier tipo de contratación que implique mejoras suntuarias u ostentosas, tales como el embellecimiento, el ornato, la instalación o adecuación de acabados estéticos de bienes inmuebles.
Prelación de encuentros virtuales. Las entidades deberán promover y dar prelación a los encuentros virtuales y no presenciales sobre las actividades que impliquen desplazamiento físico de los servidores públicos, de manera que estos sean mínimos y plenamente justificados, indicando el rol que se cumplirá y la relación directa con las funciones. Esta prelación deberá ser evaluada y sustentada para lo establecido en los artículos 7, 8, 9 Y 10 del presente decreto.
Suministro de tiquetes. Los viajes aéreos nacionales e internacionales de servidores de todos los órganos que pertenecen al Presupuesto General de la Nación, deberán hacerse en clase económica o en la tarifa que no supere el costo de esta, salvo los debidamente justificados, y en aquellos casos en los cuales los Ministros de Despacho tengan por objeto promover y gestionar el financiamiento de la Nación, o que el vuelo tenga una duración de más de ocho (8) horas. Para el caso de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, estos deberán justificarse ante el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. Cuando el servidor haga parte de la comitiva que acompañe al Presidente de la República o Vicepresidenta de la República y se transporte en el avión presidencial o en el medio de transporte que se designe para transportar al Presidente de la República o Vicepresidenta de la República, no habrá lugar al pago de gastos de transporte. Los gastos de viaje se autorizarán únicamente si no están cubiertos por la entidad o por las entidades que organizan los eventos.
Reconocimiento de viáticos. Las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación deberán aplicar las siguientes medidas para el reconocimiento de los viáticos: r « ~ " DECRETO 444 DE 2023 Página 4 de 8 Continuación del Decreto "Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2023 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación" a) Cuando la totalidad de los gastos para manutención y alojamiento que genere la comisión de servicios sean asumidos por otro organismo o entidad, no habrá lugar al pago de viáticos. b) Cuando los gastos por concepto de viáticos que genera la comisión son asumidos de forma parcial por otro organismo o entidad, únicamente se podrá reconocer la diferencia en forma proporcional a criterio de la entidad, y con fundamento en la normativa aplicable a la materia. c) Cuando la comisión de servicios no requiera que el servidor público pernocte en el lugar de la comisión, la administración podrá reconocer un valor menor al cincuenta por ciento (50%) a que hacen referencia los decretos salariales para lo cual tendrán en cuenta los costos del lugar al que se desplaza el servidor.
Delegaciones oficiales. En los casos de delegaciones oficiales las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional deberán conferir comisión de servicios a los servidores públicos cuya participación sea estrictamente necesaria por la relación de las funciones del empleo que desempeñan con el objeto de esta. Corresponde a las entidades soportar documentalmente la razonabilidad y necesidad de la asistencia del número plural de sus servidores, individualizando la justificación por cada uno de ellos, según el empleo que desempeña, sus funciones, el objeto de la comisión, y que no se afectará la prestación del servicio.
Autorización previa al trámite de comisiones al exterior. Toda comisión de servicios y de estudios al exterior de servidores públicos de entidades que pertenecen a la rama ejecutiva del orden nacional, debe justificar la exigencia de la presencia física y deberá contar con la autorización previa del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. Toda comisión de servicios otorgada a servidores públicos de los órganos que hacen parte del Presupuesto General de Nación, para cumplir compromisos en representación del Gobierno colombiano con organismos o entidades internacionales de las cuales Colombia haga parte, deberá comunicarse previamente al Ministerio de Relaciones Exteriores, con el fin de actuar coordinadamente en el exterior y mejorar la gestión diplomática del Gobierno nacional.
Eventos. En los eventos oficiales de los organismos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, se deben observar las siguientes medidas de austeridad: a) Privilegiar la virtualidad en la organización y desarrollo. b) Cuando, excepcionalmente, el evento sea presencial se deberá dar prioridad al uso de espacios institucionales. c) Coordinar su realización y logística, en la medida de lo posible, con otras entidades del Estado que tengan necesidades de capacitación análoga o similar. d) En los eventos presenciales racionalizar la provisión de refrigerios y almuerzos a los estrictamente necesarios. ... , '. ) .. 444 DECRETO Página 5 de 8 Continuación del Decreto "Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2023 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación" e) Priorizar el uso que se las tecnologías de la información y de las comunicaciones la papelería y demás de apoyo de
Protección en lo de las de seguridad. La Unidad Nacional de Protección y Dirección de Nacional, con del marco legal y deberán públicos una revisión a los de seguridad de los orden nacional y, procurar, reducir su la rama ejecutiva actuaciones enmarcadas en el a la vida e ne,rcnn!:>, de los servidores. Las harán monitoreo I'r...."cT~ horas extras de los
Vigilancia. Las la viabilidad tecnológicos como cámaras, alarmas u otros dispositivos, con el fin tipo contratos. seguridad. dispositivos reducir el gasto con
Vehículos oficiales. entidades que hacen parte del Presupuesto General la únicamente podrán adquirir vehículos automotores, cuando el automotor una obsolescencia mayor a (6) años, contados a partir la matrícula del justificada en que demuestren la vehículo y su necesidad esté y el ahorro para la Los servidores públicos que tienen porque conductores respeten en servidores públicos no podrán estacionarse en los vehículos oficiales asignados a el cumplimiento de sus prohibidos en la vía pública y su uso debe ser exclusivo funciones. sólo podrán ser ser justificado en nena,'"" de lunes a viernes, y su uso en fines de semana y del servicio en razones de seguridad. podrá adquirir siempre y cuando sea el uso exclusivo seguridad nacional y podrá adquirir vehículos, la Dirección de Protección y el Igualmente, la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia podrá adquirir vehículos el cumplimiento de su labor autoridad de vigilancia y control migratorio del !.....;:)'lQU'V
Ahorro en publicidad estatal. Las que hacen contratos de publicidad General de la Nación deberán abstenerse y/o propaganda personalizada que promocione la gestión del Gobierno nacional, como: agendas, almanaques, libretas, pocillos, vasos, adquirir revistas o informes, folletos o institucionales. entidades deberán siguientes lineam ahorrar en publicidad DECRETO 444 DE 2023 Página 6 de 8 Continuación del Decreto "Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2023 para los 6rganos que hacen parte del Presupuesto General de fa Naci6n" a) Todo gasto de publicidad de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, incluidos los que se realicen en desarrollo de contratos de operación logística, así como los efectuados con recursos provenientes de la Banca Multilateral, tendrá que ser informado al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y contar con su visto bueno antes de iniciar los procesos de contratación. b) Todo gasto de publicidad estatal deberá enmarcarse en el uso adecuado y eficiente de los recursos públicos destinados a la contratación, con el fin de evitar el uso excesivo, controlar el gasto público y garantizar la austeridad. c) Todas las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación velarán por el adecuado control y vigilancia de los rubros que se destinen en sus presupuestos a la publicidad estatal. Parágrafo. El Ministerio de Defensa Nacional - Fuerzas Militares y Policía Nacional, establecerán un plan para la contratación o realización directa de ediciones, impresiones o publicaciones de documentos, estrictamente relacionados con los programas y las funciones que legalmente debe cumplir. En todo caso bajo las consideraciones que se establecen en el presente decreto respecto a la reducción de impresos, se deberá privilegiar el uso de medios electrónicos para su difusión.
Papelería y telefonía. Para el uso adecuado de papelería y telefonía, las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación deberán; a) Utilizar medios digitales, de manera preferente, y evitar impresiones. b) Las publicaciones de toda entidad deberán hacerse de manera preferente en su sitio web. c) Reducir el consumo, reutilizar y reciclar implementos de oficina. d) Racionalizar las llamadas telefónicas internacionales, nacionales y a celulares y privilegiar sistemas basados en protocolo de internet. e) Abstenerse de renovar o adquirir teléfonos celulares y planes de telefonía móvil, internet y datos para los servidores públicos de cualquier nivel; debiendo desmontar gradualmente los planes o servicios que tengan actualmente contratados. Se exceptúan aquellos que se destinen para la prestación del servicio de atención al ciudadano, la transmisión de datos de condiciones hidrometereológicas, y los requeridos como parte de la dotación del personal que garantiza la seguridad de beneficiarios de esquemas, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1066 de 2015 o el que haga sus veces. Parágrafo. Se podrán adquirir y asignar teléfonos celulares y planes de telefonía móvil, internet y datos, de manera exclusiva, para el desarrollo de las actividades de inteligencia y contrainteligencia a cargo de los organismos del Estado que ejercen esta función, sin que esta asignación pueda tener un carácter permanente.
Suscripción a periódicos y revistas, publicaciones y bases de datos. Las suscripciones a bases de datos electrónicas, periódicos o revistas especializadas se efectuarán solamente cuando sea necesario para el cumplimiento del objeto misional de las 1:. DECRETO 444 DE 2023 Página 7 de 8 Continuación del Decreto "Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2023 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación" entidades. Las licencias se adquirirán en las cantidades suficientes para suplir las necesidades del servicio.
Austeridad en eventos y regalos corporativos, souvenir o recuerdos. Está prohibida la realización de recepciones, fiestas, agasajos o conmemoraciones de las entidades con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación. Se exceptúan de la anterior disposición los gastos que efectue el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y los gastos para reuniones protocolarias o internacionales que requieran realizar los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Comercio, Industria y Turismo (exclusivamente para actividades encaminadas al fomento del comercio exterior). Las entidades deberán abstenerse de adquirir regalos corporativos, souvenires o recuerdos. No se financiarán regalos corporativos ni artículos promociona les o de mercadeo por parte de las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación.
Condecoraciones. Queda prohibido el otorgamiento de condecoraciones de cualquier tipo que generen erogación. Se exceptúan las condecoraciones que debe otorgar el Ministerio de Defensa Nacional Fuerzas Militares y Policía Nacional que deban otorgar para dar cumplimiento a los estatutos de carrera y las disposiciones en materia de estímulos y ascenso, las cuales deberán generar un ahorro en los gastos causados por estos conceptos por lo menos del 10%, respecto a la vigencia anterior. Igualmente, estarán exceptuadas las condecoraciones que imponga u otorgue el Presidente de la República, así como las que generen erogación a cargo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República o del Ministerio de Relaciones Exteriores en lo relacionado con el ejercicio de las funciones que le son propias.
Racionalización en la Contratación de Estudios. Antes de contratar estudios y/o diseños, cada entidad verificará si cuenta con otros estudios con el mismo o similar objeto (esto se podrá determinar considerando el alcance y los entregables de los estudios). En estos casos, la respectiva entidad revisará si es posible utilizar, total o parcialmente, los estudios que ya se tienen, para obtener el fin que se propone, o si es necesario actualizar, complementar, el estudio o el diseño que ya se tiene, en cuyo caso se aplicarán los principios de la contratación pública y solo contratará los trabajos adicionales que sean necesarios para actualizar o complementar dichos estudios
Sostenibilidad ambiental. Las entidades propenderán por adoptar las siguientes acciones medio ambientales y de ahorro: a) Implementar sistemas de reciclaje de aguas e instalación de ahorradores. b) Fomentar una cultura de ahorro de energía yagua en cada entidad a través del establecimiento de programas pedagógicos. c) Instalar en cuanto sea posible, sistemas de ahorro de energía, temporizadores y demás que ayuden al ahorro de recursos. d) Implementar políticas de reutilización y reciclaje de elementos de oficina, maximización de la vida útil de las herramientas de trabajo y reciclaje de tecnología. · '. DECRETO 444 DE 2023 Página 8 de 8 Continuación del Decreto "Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2023 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación" e) Crear programas intermedios de fomento al uso de vehículos y medios de transporte ambientalmente sostenibles, como bicicletas, transporte público entre otros.
Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.
Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 7
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario