Artículo 1°
Gestión de la información recibida por la UIAF de otras UIF. Adiciónense los siguientes artículos a la Parte 14 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, así : «Artículo 2.14.8. Uso de la información recibida de parte de las UIF. La información que la Unidad de Información y Análisis Financiero - UIAF reciba por parte de otra Unidad de Inteligencia Financiera - UIF se entregará única y exclusivamente al receptor y/o autoridad autorizada por la UIF remitente.