Artículo 199°
de la Ley 1801 2016, Y que le confiere Colombia y el CONSIDERANDO dentro de los fines esenciales del Que la Constitución Política en su artículo 2 Estado, entre otros, que las autoridades de República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar del cumplimiento los deberes sociales del y de los particulares. Que el numeral 4 del artículo 189 la Constitución Política, corresponde al la República como Jefe de del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa, conservar en todo el territorio orden público y restablecerlo donde fuere turbado. Que en sentencia C-128 de 2018 público como el: Corte Constitucional ha definido el concepto de orden "Conjunto condiciones seguridad, tranquilidad y salubridad que permiten la prosperidad general y el goce de los derechos humanos, debe completarse con el medio ambiente sano, como soporte del adecuado desenvolvimiento de la vida en sociedad. este sentido, el orden público debe definirse como las condiciones de seguridad, tranquilidad y de sanidad medioambiental, necesarias para la convivencia y la vigencia derechos constitucionales, amparo del principio de dignidad humana." Que de conformidad con el artículo 296 de la Constitución Política, para la conservación del orden público o para su restablecimiento donde fuere turbado, los actos y órdenes Presidente de la República se aplicarán de manera inmediata y de preferencia sobre los gobernadores; los actos y órdenes de los gobernadores se aplicarán de igual manera y con los mismos efectos en relación con los de los alcaldes. como atribución de los alcaldes Que