Medición de criterios de priorización territorial. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público en su calidad de Secretaría Técnica del OCAD Paz asignará un puntaje para cada uno de los municipios del país, mediante el cálculo de las siguientes variables y ponderaciones: 1. Pobreza rural: La ponderación será del 20% y se medirá conforme al índice de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), establecido por el Departamento Nacional de Estadística (DANE) para 2016. 2. Economías ilegales: La ponderación de economías ilegales será del 10%, en donde un 7,5% se medirá conforme a las hectáreas de coca sembradas, calculada por el Sistema Integrado de Monitoreo de Cultivos Ilícitos (SIMCI) con corte a diciembre de 2016 establecido por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito; y un 2,5% se medirá conforme a la cifra oficial de Explotación de Oro de Aluvión (EVOA), con corte a diciembre de 2017, certificado por el Ministerio de Minas y Energía. 3. Debilidad Institucional: La ponderación será del 5% y se medirá conforme a la Medición de Desempeño Municipal que realiza el Departamento Nacional de Planeación (DNP), con corte a 2016. 4. Grado de afectación del conflicto: La ponderación será del 50% y se medirá conforme al índice de Incidencia del Conflicto Armado (IICA) y al índice de Concentración de Víctimas (ICV), calculados por el DNP, con corte a junio de 2016. 5. Municipios en cuyo territorio se adelanten explotaciones de recursos naturales no renovables: La ponderación será del 15% y se medirá conforme a la participación de cada municipio en cuyo territorio se adelanten explotaciones de recursos naturales no renovables, en el total de DECRETO LEY Página 4 de 5 DE Continuación del Decreto Ley "Por el cual se definen las reglas de priorización de las entidades territoriales beneficiarias de la Asignación para la Paz del Sistema General de Regalías -SGR y se dictan disposiciones relacionadas con la aprobación de proyectos de inversión en el OCAD Paz" las asignaciones directas corrientes que se programen en el presupuesto bienal del SGR, conforme a lo señalado por el Ministerio de Minas y Energía o a las entidades que este determine. La Secretaria Técnica del OCAD Paz, publicará dentro de los quince (15) días siguientes a la entrada en vigencia de c~da presupuesto bienal, los resultados de la aplicación del presente artículo. Parágrafo. La Comisión Rectora definirá los lineamientos para calcular el puntaje territorial en los proyectos de inversión en los cuales la localización o cobertura territorial involucre a dos (2) o más municipios, teniendo en cuenta el resultado de la medición de criterios a la que se refiere el presente artículo. Mientras la Comisión Rectora define dichos lineamientos, la Secretaría Técnica del OCAD Paz calculará el puntaje territorial a través de un promedio simple. Parágrafo transitorio. Para el bienio presupuestal vigente (2017-2018), la medición de que trata el presente artículo se realizará dentro del mes siguiente a la entrada en vigencia del presente Decreto Ley.