Por el cual se establecen disposiciones relacionadas con la prohibición de la

Decreto · 402 · 2021-04-16 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1°

La prohibición para la importación o exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados en el territorio nacional, de que trata la Ley 1968 de 2019, aplicará a los que se identifican con las siguientes partidas y subpartidas arancelarias: Partida I Subpartida Arancelaria 25.24 2524.10.10.00 2524.10.90.00 2524.90.00.00 6811 6811.40.00.00 6812 6812.80.00.00 6812.91.00.00 6812.92.00.00 6812.93.00.00 6812.99.10.00 6812.99.20.00 6812.99.30.00 6812.99.40.00 6812.99.50.00 6812.99.90.00 6813 6813.20.00.00 DESCRIPCION DE LA MERCANCIA Arancel de Aduanas Amianto (asbesto) Fibras de crocidolita Los demás prOductos de crocidolita Los demás Manufacturas de amiantocemento, celulosacemento o similares. Que contengan amianto (asbesto) Amianto (asbesto) en fibras trabajado; Mezcla a base de amianto o base de amianto y carbonato de magnesio; manufacturas de estas mezclas o de amianto (por ejemplo; hilados, tejidos, prendas de vestir, sombreros y demás tocados, calzado, juntas), incluso armadas, excepto las de las partidas 6811 ó 6813 De crocidolita Prendas y complementos (accesorios), de vestir, calzado, sombreros y demás tocados Papel, cartón y fieltro Amianto (asbesto) y elastómeros comprimidos, para juntas o empaquetaduras, en hojas o rollos Amianto en fibras trabajado; mezclas a base de amianto o a base de amianto y carbonato de magnesio ~dones, incluso trenzados Tejidos, incluso de punto Juntas o empaquetaduras Los demás Guarniciones de fricción (por ejemplo: hojas, rollos, tiras, segmentos, discos, arandelas, plaquitas) sin montar, para frenos, embragues o cualquier órgano de frotamiento, a base de amianto (asbesto), de otras sustancias minerales o de celulosa, incluso combinados con textiles o demás materias. Que contengan amianto (asbesto)

Artículo 2°

Ámbito de Aplicación. El presente Decreto se aplica a toda persona natural o jurídica, de naturaleza pública o privada, nacional o extranjera, que realice actividades de importación o exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con '~ , ", DECRETO 0402 DE 2021 Página 3 de 4 Continuación del Decreto "Por el cual se establecen disposiciones relacionadas con la prohibición de la importación y la exportación de asbesto en desarrollo de la Ley 1968 de 2019" este elaborados, hacia o desde y dentro del territorio nacional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1o de este Decreto.

Artículo 3°

Control. En desarrollo de lo señalado en el artículo 7 0 de la Ley 1968 de 2019, las autoridades administrativas y de control deberán actuar dentro del ámbito de sus competencias para controlar y coadyuvar a que las actividades prohibidas relacionadas con cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados señalados en el artículo 1o del presente Decreto, no ocurran en el territorio nacional.

Artículo 4°

Importaciones. El asbesto y los productos con él elaborados, que hayan sido importados e instalados antes del1° de enero de 2021, serán objeto de la política pública de sustitución a que se refiere la Ley 1968 de 2019. Por lo tanto a partir de esa fecha no podrán instalarse y utilizarse dichos materiales aun cuando hayan sido importados, embarcados e ingresados a zona franca con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Decreto.

Artículo 5°

Vigencia. El presente Decreto comenzará a regir un día después de su publicación. PUBLíQUESE y ClIMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ~~,uUI J~ARRERA GD-FM-017 V4 J~ • DECRETO 0402 DE 2021 Página 4 de 4 Continuación del Decreto "Por el cual se establecen disposiciones relacionadas con la prohibición de la importación y la exportación de asbesto en desarrollo de la Ley 1968 de 2019" EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURIS JOSÉ MANUEL O EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE O CORREA ESCAF GD-FM-017 V4

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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