Por el cual se modifica la planta de personal del Sanatorio de Contratación - Empresa Social del Estado.

Decreto · 3684 · 2003-12-19 · Jerarquía: nivel 7

En Revisión
Articulado
Artículos 1–7 de 7

Artículo 1

Supriímense de la planta de personal del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado, los siguientes cargos vacantes: N* de Cargos Dependencia y denominación Código Grado del Empleo 1 (Uno) Técnico Operativo 4080 12 1 (Uno) Técnico Administrativo 4065 13 2 (Dos) Técnico Administrativo 4065 12 1 (Uno) Tesorero 5015 24 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 14 1 (Uno) Enfermero Auxiliar 5345 19 1 (Uno) Operarios Calificados 5300 13 6 (Seis) Auxiliar de Servicios Generales 5335 11

Artículo 2

Las funciones propias de las diferentes dependencias del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado, serán atendidas por la planta de personal que a continuación se establece: N* de Cargos Dependencia y denominación Código Grado del Empleo DESPACHO DEL GERENTE 1 (Uno) Gerente Nacional de Entidad 0015 17 Descentralizada 1 (Uno) Asesor102002 1 (Uno) Secretario 5140 14 DECRETO NUMERO 3684 DE 2003 Por el cual se modifica la planta de personal del Sanatorio de Contratación - Empresa Social del Estado. PLANTA GLOBALIZADA 3 (Tres) Médico 3085 21 1 (Uno) Médico 3085 20 1 (Uno) Odontólogo 3087 18 1 (Uno) Profesional Especializado 3010 17 2 (Dos) Profesional Universitario 3020 14 1 (Uno) Profesional Universitario 3020 12 1 (Uno) Técnico Administrativo 4065 17 1 (Uno) Técnico Administrativo 4065 16 2 (Dos) Técnicos Operativos 4080 12 2 (Dos) Técnicos Operativos 4080 10 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 23 3 (tres) Auxiliar Administrativo 5120 21 10 (Diez) Auxiliar Administrativo 5120 14 10 (Diez) Auxiliar Administrativo 5120 11 1 (Uno) Secretario 5140 14 26 (veintiséis) Enfermero Auxiliar 5345 19 2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 13 9 (Nueve) Operario Calificado 5300 13

Artículo 3

Fíjese hasta en treinta y siete (37) el número de trabajadores oficiales al servicio del Sanatorio de Contratación E.S.E.

Artículo 4

El Gerente del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado, distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2% del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.

Artículo 5

La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal que se adopta en el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de su publicación. Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

Artículo 6

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2557 de 1999.

Artículo ANEXO

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera. El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.

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Tipo: Decreto

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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