Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 60 de la Ley 2559 de 2025 por la cual

Decreto · 36 · 2026-01-20 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1°

Autorización de Pasivos y Coberturas de la Nación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para fijar financieras y determinar el cupo de emisión los Titulos de Tesoreria Clase B para el pago de bonos pensiona/es a cargo la Nación. El cupo emisión y las condiciones generales de los Títulos Tesorería TES Clase B la Nación para el los bonos pensionales a su serán determinados por el Comité de Gestión y Coberturas de la Ministerio de y Crédito Público, los guardar con la Estrategia de Deuda de Mediano no implicarán presupuestal y su redención y pago conforme con lo la Ley 2559 de expedición Nacional con base en los que establezca la del de Hacienda y Crédito Público. Tesorería TES las condiciones los pagos. se expidan para el en la fecha de Público y Bonos Pensionales Bonos Pensionales, que corresponda a

Artículo 2°

Administración Liquidez para los a cargo de la y determinación del monto la emisión de los Tesoreria TES Clase B con destino a la "Cuenta Liquidez". La Dirección Crédito Público y una cuenta objetivo suministrar la liquidez Nación, en los términos del inciso El de Gestión de Pasivos y Crédito Público, previa solicitud la la de los Títulos que, con el producto de trata el Nacional del Ministerio de y Crédito Público que se denominará de Liquidez", con el el pago de los bonos pensiona les a cargo de la del artículo 60 de la de 2025. de la Nación del Ministerio de Hacienda y de Bonos determinará el monto TES Clase B con a la "Cuenta de pago los la administración de la "Cuenta Liquidez", la Dirección Crédito Público y Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizar operaciones de compraventa de títulos y colocación de excedentes en depósitos remunerados en el Banco la República, provenientes de las la expedición Liquidez" a que receptoras de Tesorería referencia el presente pago que se hayan depositados • DECRETO 0036 DE Página 3 de 3 Continuación del Decreto "Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 60 de la Ley 2559 de 2025 por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 10. de enero al 31 de diciembre de 2026 referente al pago de Bonos Pensionales con Títulos de Tesorería TES Clase B" Las operaciones que se realicen con los recursos de la "Cuenta de Liquidez" de que trata el presente artículo no generarán operación presupuestal alguna, conforme con lo previsto en el parágrafo del artículo 60 de la Ley 2559 de 2025. La disponibilidad de los recursos en la "Cuenta de Liquidez" al final de la vigencia fiscal de 2026 , junto con los rendimientos financieros generados por la misma, serán trasladados a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para formar unidad de caja y posteriormente proceder a la liquidación de la mencionada cuenta.

Artículo 3°

Vigencia. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y tendrá efectos hasta el 31 de diciembre de 2026. PUBLÍQUESE y Dado en Bogotá CÚ~PLASE 2O G:, . a los I ~ EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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