Artículo 1°
- OBJETO. Adiciónese al Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 4 del Decreto 1076 de 2015, una nueva sección, así: "SECCiÓN 9 Complejo Cenagoso de Ayapel
Decreto · 356 · 1997-01-21 · Jerarquía: nivel 7
- OBJETO. Adiciónese al Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 4 del Decreto 1076 de 2015, una nueva sección, así: "SECCiÓN 9 Complejo Cenagoso de Ayapel
- DESIGNACiÓN. Designar al Complejo Cenagoso de Ayapel para ser incluido en la Lista de Humedales de Importancia Internacional, con una extensión de 54.376.78 hectáreas aproximadamente y el cual se encuentra delimitado, según los estudios elaborados por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de acuerdo con las siguientes coordenadas: PUNTOS ... LON(iJTUD .~TJT~llrUNTn< ... 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 =12 13 23 75" 8' 29 833" W 75°8' 59:047" W 8° 19' 36:256" N 75° 9' 2,521" W 8° 19' 37,641" N 75" 8' 57,842" W 8" 19' 53,151" ~ 75" 9' 2,523" W 8" 19' 57,630"} 75° 9' 20,674" W 8° 19' 55,983" ~ 75" 9' 20,304" W 8° 19' 53,841" ~ 75° 9' 31,654" W 8° 19' 43,998" ~ 75° 9' 44,696" W 8° 19' 49,412" ~ 75° lO' 27,076" W 19' 23,996"~ 75" lO' 26,399" W 19' 32,228" 75° 11' 50,476" W 8° 19' 41,922" r 75" 11' 27,093" W 8° 21' 23,154" N F-A-DOC-04 fa 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 Version 2 InNGITUO· . . LATITUO . 74° 54' 51,607" W 8" 21' 4,008" N 74° 54' 32,923" W 8" 20' 36,120" N 74° 541 26,385" W 8° 20' 21,754" N 74° 54' 26,108" W 8" 20' 21,071" N 74° 54' 16,161" W 8" 19' 46,626" N 74° 54' 18,941" W 8° 19' 35,703" N 174" 54' 27,578" W 8° 19' 27,123" N 74° 55' 35,610" W 8" 18' 47,039" N 74° 55' 54,523" W 8" 16' 27,533" N 74" 55' 56,842" W 18° 16' 12,441" N 74° 57' 47,208" W 8" 14' 18,738" N 75" O' 3,151" W 8° 10' 38,657" N 75° 4' 50,727" W 8° 12' 26,643" N 17/01/2014 Decreto No. 356 del Hoja No. 8 "Por el cual se adiciona una sección al Decreto 1076 de 2015, con el fin de designar al Complejo Cenagoso de Ayapel para ser incluido en la lista de Humedales de Importancia Internacional Ramsar, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 357 de 1997" LONGITUD 33 34 75° 3' 17,749" W ° 75° 2' 50,363" W 75° 2' 48,928" W 8° 27' 48,759" 75° 2' 13,958" W 75° 2' 5,726" W 75° 2' 5,293" W 75° 2' 4,450" W 8° 27' 41,689" 75° O' 24,053" W 8° 26' 45,279" N 75° O' 2,247" W 8° 24' 38,779" N 75° O' 2,024" W 8° 23' 0,420" N 74° 59' 57,552" W 8° 23' 1,839" N 74° 59' 36,910" W 8° 23' 0,029" N 74° 57' 10,132" W 8° 21' 24,426" 4° 56' 56,846" W 8° 21' 16,133" N 4° 55' 43,668" W 8° 20' 46,225" N 74° 55' 37,279" W 8° 20' 43,452" N 74° SS' 4,523" W 8° 21' 2,952" N 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 75° 4' 58,307" W 75° 5' 22,249" W 75° S' 12,745" W 75° S' 10,138" W 75° 6' 27,230" W 75° 6' 32,359" W 75° 7' 23,410" W 75° 7' 27,944" W 75° 7' 36,399" W 75° 8' 7,325" W 75° 8' 12,614" W 75° 8' 51,765" W 75° 9' 15,593" W 75° 9' 37,125" W 8° 16' 5,920" N 75° 9' 38,976" W 8° 16' 4,825" N 75° lO' 23,310" W 8° 14' 55,487" N 75° 11' 31,272" W 8° 16' 9,465" N 75° 9' 47,997" W 8° 17' 41,541" N 75° 9' 28,498" W 8° 17' 47,881" N 75° 9' 18,890" W 8° 17' 17,102" N 75° 9' 16,032" W 8° 17' 7,734" N 35 74° 55' 4,360" W 8° 21' 2,105" N 70 75° 8' 46,584" W 8° 17' 14,908" N 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 PARÁGRAFO 1°._ El sistema de coordenadas está referido al datum oficial de Colombia MAGNA-SIRGAS, definido por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (lGAC). PARÁGRAFO 2°._ El mapa anexO hace parte integral del presente decreto y refleja la materialización cartográfica de los polígonos anteriormente descritos. PARÁGRAFO 3°._ La cartografía oficial del presente decreto, se adopta en formato shape file la cual se encontrará disponible para sU descarga en la página Web del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
- RÉGIMEN APLICABLE. El manejo y gestión del humedal designado en el artículo precedente debido a su Importancia Internacional, se regirá de acuerdo con los lineamientos y directrices emanados por la Convención Ramsar, la Política Nacional para Humedales Interiores de Colombia, el parágrafo del artículo 172 de la Ley 1753 de 2015 y las Resoluciones 157 de 2004, 196 de 2006, y 1128 de 2006, así como por la normativa vigente, y/o la que modifique o sustituya el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en materia ambiental para estos ecosistemas estratégicos.
- PLAN DE MANEJO AMBIENTAL La Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge - CVS, estará a cargo de la expedición y cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental del Complejo Cenagoso de Ayapel, el cual deberá estar acorde a la normativa señalada en el
del presente acto administrativo. Versión 2 17/01/2014 Decreto No. del Hoja No. 9 "Por el cual se adiciona una sección al Decreto 1076 de 2015, con el fin de designar al Complejo Cenagoso de Ayapel para ser incluido en la lista de Humedales de Importancia Internacional Ramsar, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 357 de 1997"\nArtículo 20°. - VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 22 FEB2018 EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE \, ¡~ \\ \\.~ \\. ~ 0\·,1\.\1 LUIS GILB~RTO MURILLO LlRRÚTIA ~\ V F-A-DOC-04 Versión 2 ' 17101/2014 Decreto No. 356 de! Hoja No. 10 ''Por el cual se adiciona una sección al Decreto 1076 de 2015. con el fin de designar al Compleío Cenagoso de Ayapel para ser incluido en la lista de Humedales de Importancia Internacional Ramsar, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 357 de 1997"
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 7
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario