Artículo 6°
de la Ley 51 de 1990, así: "Se autoriza al Gobierno Nacional para emitir, colocar y mantener en circulación Títulos de Tesorería TES para efectuar Operaciones de Transferencia Temporal de Valores. El Gobierno Nacional reglamentará las condiciones generales para la realización de las operaciones de Transferencia Temporal de Valores. Los recursos provenientes de dichas colocaciones, no podrán utilizarse para financiar apropiaciones del Presupuesto General de la Nación. El Banco de la República podrá administrar estos títulos, incluyendo la realización de operaciones de Transferencia Temporal de Valores, en los términos y condiciones que autorice su Junta Directiva"; Que el artículo 10 de la Ley 2559 de 2025, dispone que: "Los títulos que se emitan para efectuar transferencia temporal de valores en los términos del artículo 146 de la Ley 1753 de 2015, solo requerirán del decreto que lo autorice, fije' el monto y sus condiciones financieras. Su redención y demás valores asociados se atenderán con el producto de la operación de transferencia y su emisión no afectará el saldo de la deuda pública"; Que en cumplimiento de lo dispuesto en el literal (c) del artículo 16 de la Ley 31 de 1992, mediante la Resolución Externa Número 17 de 2015 de la Junta Directiva del Banco de la República se determinaron las condiciones financieras de los títulos internos que emita la Nación en el mercado local de capitales; · . 0035 DECRETO 2 de 4 Continuación del Decreto" Por el cual se ordena la emisión de "Títulos de Tesorería n B destinados a efectuar operaciones de Transferencia de Valores a fa fiscal del año 2026" Que el artículo 3 de la 1999 ió la Unidad de Valor Real - UVR como una unidad cuenta, cuyo será determinado por la Junta Directiva del Banco de la República, ún lo dispuesto por el numeral 6 de la parte resolutoria de la Constitucional de fecha 26 julio de sentencia C-955/2000 proferida por la 2000; de 2011, Y de lo dispuesto Que en cumplimiento los artículos 3 y 8 de la Ley 1 por el Decreto Úníco Reglamentario 1081 201 el proyecto de decreto publicado en la pág web Ministerio Hacienda y Crédito Público; DECRETA