Artículo 1
Del campo de aplicación. EL presente Decreto se aplica a las Loterias que explotan sus derechos ordinarios semanalmente con base en la Ley 64 de 1923. También a las Loterías que tienen asociados sus derechos por virtud de lo previsto en el Decreto 2274 de 1991, pero sólo en lo relacionado con el artículo quinto del presente Decreto.