Modificar el parágrafo 1 del artículo 2.2.21.4.7. 21 Parte 2 del Libro 2 del 1083 de 201 Función Pública, Capítulo 4 del Título del 1 _ Los informes itoria, uimientos y tendrán como legal de la entidad y Institucional de destinatario principal el Coordinación de Control Interno y/o Comité de Auditoría y/o Junta Directiva, y ser remitidos al nominador cuando éste lo requiera. .".\ DECRETO NÚMERO~; 338 DE HOJA No Continuación del decreto "Por el cual se modifica el Decreto 1083 del Sector de Función Pública, en lo relacionado con el Interno y se crea la Red Anticorrupción" la Oficina de Control Interno o quien haga sus en los artículos 67 de la Ley 906 2004 Y 9 de 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Único Función Pública, tendrá un nuevo Capítulo 7 con el "CAPITULO 7 ANTICORRUPCIÓN "Artículo de la Red Anticorrupcíón. Créase la Red de Control Interno o quien haga sus veces, Anticorrupción por oportunas y eficaces en la identificación de casos o riesgos para articular de corrupción en instituciones públicas, para generar las alertas de carácter la administración, promoviendo la preventivo transparencia y cuentas en la gestión pljblica. Coordinación coordinada por la Secreta río Anticorrupción quien Gobierno Nacional en puestas en su de la Red Anticorrupción. La Red Vicepresidente de la República y por el la República. la secretaria técnica de la Red informes trimestrales al Consejo Asesor del Control Interno, o antes cuando las irregularidadas control interno que haya integrado el Pública, instancia creada para facilitar políticas de gestión y desempeño Departamentales, Distritales y Libro 2 del Decreto. Parágrafo: Transparencia y el reglamento operativo Artículo adelantará Secretaría de la República expedirán Antícorrupcíón. La red anticorrupción 1 Establecer estrategias prevenir la de prácticas corruptas al interior de las instituciones con manera oportuna acciones que puedan recursos públicos o para evitar prácticas contra la administración pública y que merezcan reparos desde el unto de vista le al DECRETO NÚMERO:~~. 338 DE HOJA No 4 Continuación del decreto "Por el cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Regiamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Control Interno y se crea la Red Anticorrupción" 2. Proponer al Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno la adopción de acciones que promuevan el fortalecimiento de los Sistemas de Control Interno de manera preventiva y proactiva en búsqueda de una mayor transparencia administrativa y de lucha contra la corrupción con el propósito de generar mecanismos interinstitucionales y de seguimiento a los procesos de mayor exposición al riesgo de corrupción. 3. Facilitar el intercambio de mejores prácticas, experiencias y metodologías que permitan mejorar la calidad, pel1inencia y el trabajo de las oficinas de control interno en la identificación de tipos de corrupción, sus causas y la forma de erradicarlas.