Por el cual se modifica el artículo primera del Decreto 4834 del 30 de Diciembre de 2010" |

Decreto · 33 · Jerarquía: nivel 7

En Revisión
Articulado
Artículos 1–1 de 1

Artículo 1

El artículo Primero (17) del Decreto 4834 del 30 de diciembre del 2010 quedará así "Fijar a partir del primero (1*) de enero del año 2011, como Salario Minimo Legal Mensual para los trabajadores de los sectores urbano y rural, la suma de QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS ($535.600,00) pesos moneda corriente”. DECRETO NúMERO-+00 033 De ! I ¿ | | Continuación del Decreto “Por el cual se modifica el articulo primero del Decreto 4834 del 30 de Diciembre de 2010” T | PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZÓN Ministro de Haciond a y Crédito Húblico i | ; i | i ' ; | | | Viceministra de S; i tar endargada a de ]

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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