Remuneración mensual para quienes desempeñen los cargos de Coordinador Académico y de Disciplina. La remuneración mensual para quienes desempeñen los cargos de Coordinador Académico y de Disciplina del Instituto Pedagógico Nacional, durante el tiempo que los ejerzan, se determinará así: 1. La asignación básica que corresponda a su respectivo grado en el Escalafón Nacional Docente, más un veinte por ciento (20%) liquidadO sobre la asignación básica que devengaban a 31 de diciembre de 2017. 2. Los docentes vinculados a partir del 4 de enero de 1985 a los empleos a que se refiere este artículo, tendrán derecho al porcentaje establecido en el numeral anterior, siempre y cuando reúnan los requisitos para el ejercicio de los citados cargos. DECRETO NÚMERO .~ 320 DE 2018 Hoja 2 Continuación del Decreto "Por el cual se dictan disposiciones en materia salarial para el personal de empleados públicos docentes del Instituto Pedagógico Nacional"\nArtículo 3°. Reconocimiento a Coordinadores Académicos y de Disciplina con dos jornadas. A los Coordinadores Académicos y de Disciplina de que trata el artículo anterior, a quienes se les asignen dos (2) jornadas, se les reconocerá el valor correspondiente a diez (10) horas cátedra semanales y un máximo de cuarenta (40) horas mensuales, e implicará una permanencia mínima de ocho (8) horas diarias en el Instituto. La liquidación se hará con base en el valor asignado a la hora cátedra establecida en el decreto del escalafón nacional docente para los docentes vinculados a la Nación.