Por el cual se designan delegados presidenciales para procurar por el normal desarrollo

Decreto · 308 · 2022-03-03 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–6 de 6

Artículo 2°

del Decreto Ley 2241 de 1986, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa se desarrolla con fundamento en los principios de "igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones". Que el artículo 2 del Decreto Ley 2241 de 1986, Código Electoral, dispone que "Las autoridades protegerán el ejercicio del derecho al sufragio, otorgarán plenas garantías a los ciudadanos en el proceso electoral y actuarán con imparcialidad, de tal manera que ningún partido o grupo político pueda derivar ventaja sobre los demás". Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 163 de 1994 y la Resolución 2098 de 2021, expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el 13 de marzo de 2022 se realizarán elecciones de Congreso de la República. Que la Comisión Nacional de Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, en desarrollo de las funciones señaladas en el artículo 7 del Decreto 2821 de 2013, en sesión del 31 de agosto de 2021, mediante acta, aprobó el Plan Nacional de Garantías Electorales 2022, "Garantizar La Seguridad, Transparencia En Los Procesos Electorales", también denominado "Plan Ágora 11". Que para verificar el normal desarrollo del proceso electoral y propender porque el mismo esté rodeado de condiciones que permitan plenas garantías, el Gobierno nacional designará para cada uno de los departamentos y el distrito capital de Bogotá, un funcionario del nivel nacional, quien el día de las elecciones deberá realizar el seguimiento del proceso electoral, observar el comportamiento de los servidores públicos en relación con el proceso electoral, los organismos de control y vigilancia y las autoridades nacionales, departamentales y municipales e informar a las autoridades nacionales sobre el desarrollo del proceso electoral y transmitir a las autoridades competentes sus observaciones y recomendaciones. En mérito de lo expuesto, DECRETA: 308 DECRETO NÚMERO _ _ -~ _ _ _ _ _ _ _ DE 2022 PÁGINA 2 Por el cual se designan delegados presidenciales para procurar por el normal desarrollo de las elecciones de Congreso de la República que se realizarán el 13 de marzo de 2022 y se dictan otras disposiciones

Artículo 1°

Coordinación. Delegar al Ministro del Interior para que realice la coordinación del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional, con los delegados del Gobierno nacional, en cada una de las entidades territoriales que se designan en el artículo siguiente.

Artículo primero

del presente decreto, se designan los siguientes funcionarios en el distrito capital de Bogotá y en cada uno de los departamentos que se citan a continuación, para que realicen el acompañamiento y seguimiento del proceso electoral: ! -­ DEPARTAMENTO DELEGADO PRESIDENCIAL CARGO AMAZONAS FRANCISCO JOSE CRUZ PRADA ANTIOQUIA ANGELA MARIA OROZCO GÓMEZ ALEJANDRO MIGUEL NAVAS RAMOS VICEMINISTRO DE POLíTICAS Y NORMALIZACiÓN AMBIENTAL MINISTRA DE TRANSPORTE ASESOR GRADO 18 MINISTERIO DEL INTERIOR MINISTRO DE MINAS Y ENERGíA MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO MINISTRA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO MINISTRA DE TECNOLOGíAS DE LA INFORMACiÓN Y COMUNICACIONES MINISTRO DEL DEPORTE ARAUCA i ATLANTICO DIEGO MESA PUYO BOGOTAD.C. JOSE MANUEL RESTREPO ABONDANO MARIA XIMENA LOMBANA VILLALBA CARMEN LlGIA VALDERRAMA ROJAS BOLlVAR BOYACA CALDAS i CAQUETA CASANARE GUILLERMO HERRERA CASTAÑO JUAN CAMILO RESTREPO GÓMEZ ALEJANDRA BOTERO BARCO CAUCA CARLOS ALBERTO BAENA LÓPEZ CESAR CARLOS EDUARDO CORREA ESCAF CORDOBA CHOCO JONATHAN TYBAL T MALAGÓN GONZÁLEZ JUAN SEBASTIAN ARANGO CUNDINAMARCA ANA MARIA PALAU i i i ALTO COMISIONADO PARA LA PAZ DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN VICEMINISTRO PARA LA PARTICIPACiÓN Y LA IGUALDAD DE DERECHOS MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE MINISTRO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO CONSEJERO PRESIDENCIAL PARA LA JUVENTUD CONSEJERA PRESIDENCIAL PARA LAS REGIONES , DECRETO NÚMERO 3 O8.--'-___ DE 2022 PÁGINA 3 Por el cual se designan delegados presidenciales para procurar por el normal desarrollo de las elecciones de Congreso de la República que se realizarán el13 de marzo de 2022 y se dictan otras disposiciones GUAINIA ~IEFFERSON MENA SÁNCHEZ GUAVIARE GL!STAVO NINO FURNIELES HUILA RODOLFO ENRIQUE ZEA NAVARRO LA GUAJIRA ANGELlCA MARIA MAYOLO OBREGÓN TITO JOSE CRISSIEN BORRERO MAGDALENA META SANDRA ALZATE CIFUENTES NARINO EDUARDO JOSE GONZALEZ ANGULO NORTE DE SANTANDER JAIRO GARCIA GUERRERO PUTUMAYO EMILIO JOSE ARCHILA PEÑALOSA QUINDIO FERNANDO RUIZ GOMEZ RISARALDA CAROLINA SALGADO LOZANO SANANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA SUSANA CORREA BORRERO SANTANDER . WILSON RUIZ OREJUELA SUCRE ANGEL CUSTODIO CABRERA· MARIA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ FRANCISCO JOSE CHAUX DONADO TOLlMA VALLE DEL CAUCA VAUPES MARIA LUCIA VILLALBA GÓMEZ CONSEJERO PRESIDENCIAL PARA LOS DERECHOS HUMANOS Y LOS ASUNTOS INTERNACIONALES VICEMINISTRO DE VETERANOS Y DEL GRUPO SOCIAL Y EMPRESARIAL DE DEFENSA MINISTRO DE AGRICUL TURA y DESARROLLO RURAL MINISTRA DE CULTURA MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA E INNOVACiÓN VICEMINISTRA PARA LAS POLíTICAS y ASUNTOS INTERNACIONALES DIRECTOR UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTiÓN DEL RIESGO DE DESASTRES VICEMINIST~O DE DEFENSA PARA LA ESTRATEGIA Y . PLANEACIÓN CONSEJERO PRESIDENCIAL PARA LA ESTABILIZACIÓN Y LA CONSOLIDACiÓN MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL CONSEJERA PRESIDENCiAL PARA LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DIRECTORA DEPARTAMENTO PARA LA PROPESRIDAD SOCIAL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO MINISTRO DEL TRABAJO MINISTRA DE EDUCACiÓN VICEMINISTRO DE PROMOCiÓN DE LA JUSTICIÁ CONSEJERA PRESIDENCIAL PARA ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACiÓN DIGITAL , \ DECRETO NÚMERO \. 308 ---------------------- DE 2022 PÁGINA 4 Por el cual se designan delegados presidenciales para procurar por el normal desarrollo de las elecciones de Congreso de la República que se realizarán el13 de marzo de 2022 y se dictan otras disposiciones VICHADA GHEIDY MARISELA GALLO SANTOS CONSEJERA PRESIDENCIAL PARA LA EQU IDAD DE LA MUJER

Artículo 3°

Instructivo. Para el ejercicio eficiente de la coordinación a que se refiere el

Artículo 4°

Viáticos y gastos de viaje. Los gastos de viaje que ocasione el desplazamiento y estadía de los anteriores funcionarios estarán a cargo del presupuesto de sus respectivas entidades.

Artículo 5°

Vigencia. 'El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLíQUESE, COMUNíQUESE y CÚMPLAJ Dado en Bogotá D.C., a los El Ministro del Interior, MAR ~O' 2

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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