, Modifiquese el artículo 10 del Decreto 2016 del 7 de diciembre de 2016 , el cual quedará así: "Establecer la Zona Veredal Transitoria de Normalización (ZVrN) como Zona de Ubicación Temporal, en el Departamento de Antioquia - Municipios entre Remedios y Segobia - Vereda Carrizal cuyas coordenadas que definen la delimitación geográfica, georreferenciación y graficación se precisan de acuerdo al documento anexo a este acto administrativo, incluida su zona de seguridad, la " . ', .)... '.~ -.; - 308 Continuación del Decretó No. de 2017 que modifica parcialmente los decretos que establecieron las Zonas Veredales de Transitorias de Normalización -ZVTN- y los Puntos Vereda/es de Normalización -PTN- y se dictan otras disposiciones. sede local del Mecanismo de Monitoreo y verificación (MM&V) y el o los campamentos dentro de la ZvrN, incluida el área de recepción, con el objetivo de garantizar el Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo y Dejación de Armas (CFHBD-DA) . La Zona Veredal Transitoria de Normalización -ZVTN- tiene como propósito adicional iniciar el proceso de preparación para la reincoporación a la vida civil de las estructuras de las FARC-EP en lo económico, lo político y lo social de acuerdo con sus intereses; estará destinada para los miembros de la organización que participen y se encuentren comprometidos con el CFHBD-DA. La ZvrN establecida es territorial, temporal y transitoria y cuenta con el monitoreo y verificación del MM&V."\nArtículo 9°. . Modifiquese el artículo 10 del Decreto 2017 del 7 de diciembre de 2016, el cual quedará así: "Establecer la Zona Veredal Transitoria de Normalización (ZVrN) como Zona de Ubicación Temporal, en el Departamento del Tolima - Municipio de Planadas Vereda El Oso, cuyas coordenadas que definen la delimitación geográfica, georreferenciación y graficación se precisan de acuerdo al documento anexo a este acto administrativo, incluida su zona de seguridad, la sede local del Mecanismo de Monitoreo y verificación (MM&V), el o los campamentos dentro de la ZVTN y el área de recepción, con el objetivo de garantizar el Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo y Dejación de Armas (CFHBD-DA). La Zona Veredal Transitoria de Normalización -ZVTN- tiene como propósito adicional iniciar el proceso de preparación para la reincoporación a la vida civil de las estructuras de las FARC-EP en lo económico, lo político y lo social de acuerdo con sus intereses; estará destinada para los miembros de la organización que participen y se encuentren comprometidos con el CFHBD-DA. La ZVrN establecida es territorial, temporal y transitoria y cuenta con el monitoreo y verificación del MM&V," 0