Por el cual se derogan algunos artículos del Decreto 1647 del 20 de octubre de

Decreto · 307 · 2016-10-20 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1°

. Deróganse los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6° 8°, 9° del Decreto 1647 del 20 de octubre de 2016, "Por el cual se establecen los Puntos de Pre­ agrupamiento Temporal como Zonas de Ubicación Temporal y se dictan otras disposiciones" ,

Artículo 2°

, Manténgase la vigencia de los artículos 7°, 10°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15°,16°,17°,18° Y 19° del Decreto 1647 del 20 de octubre de 2016, "Por el cual se establecen los Puntos de Pre-agrupamiento Temporal como Zonas de Ubicación Temporal y se dictan otras disposiciones",

Artículo 3°

, El presente decreto rige a partir de su expedición, PUBlíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE DadoenBo áDc,a'o14 EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO JORG EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONA , FES 201

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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