Artículo 1
El numeral 1º del artículo 49 del Decreto 326 de 1996, modificado por el artículo 1º del Decreto 2136 del 29 de agosto de 1997, quedará así: "1. Grandes y pequeños aportantes a partir del pago que se realice en el mes de mayo de 1998".
Decreto · 3069 · 1997-08-29 · Jerarquía: nivel 7
El numeral 1º del artículo 49 del Decreto 326 de 1996, modificado por el artículo 1º del Decreto 2136 del 29 de agosto de 1997, quedará así: "1. Grandes y pequeños aportantes a partir del pago que se realice en el mes de mayo de 1998".
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente los Decretos 326, 1818 de 1996, 1485 y 2136 de 1997.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto
Estado: En Revisión
Nivel jerárquico: 7
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.
Documento oficial: ver original