0 • Asignaciones básicas. A partir del 10 de enero de 2026, la asignación básica mensual de los empleos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses quedará así : GRADO f- 1 2 3 4 5 6 7 8 9 ASIGNACION BÁSICA 2.298 .948 2.474 .728 2.635 .129 3.230 .893 4.147.457 5.018 .189 5.430 .646 6.072 .237 6.702 .378 GRADO 10 11 12 13 14 15 16 17 18 ASIGNACiÓN BÁSICA 6.805.492 7.195 .028 7.951.195 8.409.476 8.844.843 9.532.266 9.853.066 10.540.482 10.884 .194 GRADO 19 20 21 22 23 24 25 26 27 ASIGNACION BÁSICA 11.583.076 12.144.469 12.786.065 13.290.172 13.748.454 14.321.307 14.779.591 16.027.904 16.911.633 DECRETO NÚMERO 0306 DE 2026 HOJA 2 Continuación del Decreto "Por el cual se dictan normas en materia salarial para los servidores públicos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y se dictan otras disposiciones."
Parágrafo 1.
Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.
Parágrafo 2.
Los servidores del Instituto Nacional de Medicina ' Legal y Ciencias Forenses vinculados en los empleos de Asistente Forense, Asistente y Conductor que por efecto de ajuste de la planta de personal del Instituto cambiaron de empleo a 31 de julio de 2013 , y a los cuales por efecto de la tabla de equivalencias y la escala de remuneración señaladas en el Decreto 1975 de 2013 correspondía una asignación básica inferior a la que a dicha fecha venían percibiendo, continuarán percibiendo la asignación básica superior, mientras permanezcan en el nuevo empleo de acuerdo con la escala salarial establecida en el presente artículo. La diferencia de la asignación básica mensual se continuará reconocierrdo a título de prima individual de compensación, de carácter personal y la percibirá mientras permanezca en dicho empleo. La prima individual de compensación constituye factor salarial para todos los efectos.