Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 895 de 2023 y surte efectos fiscales a partir de 10 de enero de 2024. PUBLíQUESE y CÚMPLASE 5 MAR 202 Dado en Bogotá, D. C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ~ RICARDO BONILLA GONZÁLEZ ' DECRETO NÚMERO ( 0292 DE 2024 HOJA 4 ~alarial Continuación del Decreto "Por el cual se dictan normas en materia para los servidores públicos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y se dictan otras disposiciones. 1I EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO, NESTOR IVÁN OSUNA PATIÑO EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA, t ,/' CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA , . DE U REPÚBLICA SECRfTAíriA JURiDI~ f'RESIO€NCIA ..f.levis61111S / ' REPUBLlCA DE COLOMBIA ,., .... . \.V DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA DECRETO No. 0895 // ,-----.~~~--~ DE 2023 Por el cual se dictan normas en materia salarial para los servidores públicos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y se dictan otras disposiciones. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4 a de 1992, y CONSIDERANDO Que dentro de los términos establecidos en el Decreto 1072 de 2015, se adelantó en el presente año la negociación del pliego presentado por los representantes de las centrales y federaciones sindicales de los empleados públicos. Que el Gobierno Nacional y las centrales y las federaciones sindicales de los empleados públicos acordaron que para el año 2023 el aumento salarial debe corresponder al incremento porcentual del IPC total en 2022 certificado por el DANE, más uno punto cinco por ciento (1.5%), el cual debe regir a partir del1 o de enero del presente año. Que el ¡ncreme'nto porcentual del IPC total de 2022 certificado por el DANE fue de trece punto doce por ciento (13.12%) y, en consecuencia, los salarios y prestaciones establecidos en el presente decreto se ajustarán en catorce punto sesenta y dos por ciento (14.62%) para 2023, retroactivo a partir del 10 de enero del presente año. Que en mérito de lo anterior, DECRETA: A.rtículo 1°. Asignaciones básicas. A partir del 10 de enero de 2023, la asignación básica mensual de los empleos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses quedará así: GRADO ASIGNACiÓN BÁSICA GRADO ASIGNACiÓN BÁSICA GRADO ASIGNACiÓN BÁSICA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1.810.956 1.949.424 2.075.778 2.545.081, 3.267.089 3.952.994 4.277.900 4.783.302 5.279.685 10 11 12 13 14 15 16 17 18 5.360.911 5.667.762 6.263.420 6.624.423 6.967.377 7.508.882' 7.761.587 8.303.088 8.573.841 19 20 21 22 23 24 25 26 27 9.124.374 9.566.602 10.072.008 10.469.110 10.830.114 11.281.370 11.642.375 12.625.713 13.321.856 - ,.. .1 DECRETO NÚMERO 0895 DE 2023 HOJA 2 Continuación del Decreto "Por el cual se dictan normas en materia salarial para los servidores públicos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y se dictan otras disposiciones. "
Parágrafo 1.
Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente articulo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.
Parágrafo 2.
Los servidores del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses vinculados en los empleos de Asistente Forense, Asistente y Conductor que por efecto de ajuste de la planta de personal del Instituto cambiaron de empleo a 31 de julio de 2013, ya los cuales por efecto de la tabla de equivalencias y la escala de remuneración señaladas en el Decreto 1975 de 2013 correspondía una asignación básica inferior a la que a dicha fecha venian percibiendo, continuarán percibiendo la asignación básica superior, mientras permanezcan en el nuevo empleo de acuerdo con la escala salarial establecida en el presente artículo., La diferencia de la asignación básica mensual se continuará reconociendo a título de prima individual de compensación, de carácter personal y la percibirá mientras permanezca en dicho empleo. La prima individual de compensación constituye factor salarial para todos los efectos.