Artículo 1°
Modificación del plazo para el registro de proyectos en el banco de proyectos de inversión en las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado ZOMAC. El artículo 2 del Decreto 1915 de 2017 quedará así: "Artículo 2. Transitoriedad del banco de proyectos de inversión en las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado - ZOMAC. Para efectos de la aplicación del artículo 1.6.5.2.1., que por medio del presente decreto se incorpora al Decreto 1625 de 2016, Único en Materia Tributaria, el Departamento Nacional de Planeación -DNP determinará e implementará los ajustes al Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas -SUIFP requeridos para dar cumplimiento a dicho artículo, dentro de los tres (3) meses siguientes a la entrada en vigencia del presente decreto. Mientras entran en funcionamiento estos ajustes, para la selección de proyectos a ser vinculados al impuesto sobre la renta y complementario del periodo gravable 2017, la Agencia de Renovación del Territorio - ART, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación -DNP, implementará un procedimiento transitorio para surtir el trámite de viabilidad y registro de proyectos en el Banco de proyectos de inversión en las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado -ZOMAC. Para efectos de lo previsto en el artículo 1.6.5.3.3.1., que por medio del presente decreto se incorpora al Decreto 1625 de 2016, durante la vigencia 2018 serán elegibles los proyectos registrados al quince (15) de marzo de 2018 en el banco de proyectos." DECRETO· 292 DE Página 3 de 3 Continuacióh del Decreto "Por el cual se modifica el artículo 2 del Decreto 1915 de 2017 que establece la transitoriedad del banco de proyectos de inversión en las Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado - ZOMAC"\nArtículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el articulo 2 del Decreto 1915 de 2017. PUBLíQUESE y CÚMPLASE 15 FEB2018 Dado en Bogotá D.C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL, .. EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN, -;/MLLt~nzr ¿;;,~S FERNANDO MEJíA ALZATE