Artículo 1°
Modificación del artículo 2.4.1.1.17, Régimen de transición, del Decreto 1080 de 2015. Modifíquese el artículo 2.4.1.1.17 del capítulo 1 del título 1 de la parte IV del Decreto 1080 de 2015, que quedará así: "Artículo 2.4.1.1.17. Régimen de transición. Los Planes Especiales de Protección (PEP) formulados y aprobados con anterioridad a la expedición del presente decreto serán considerados PEMP y se regirán por los actos respectivos de adopción. Sin embargo, de conformidad con el